Resolución N° 621/02/4000
Nro de Expediente:
4114-001102-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
31/5/2002


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar multa 29,6820 U.R., Sra. María Rosetto, fallas constructivas Sarandí Nº 343.-

Montevideo, 31 de Mayo de 2002.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las fallas constructivas constatadas en el inmueble empadronado con el Nº 3.800 sito en la calle Sarandí Nº 343, propiedad de la Sra. María Rosetto, C.I. Nº 2:762.334-8;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) ha intimado a la propietaria a eliminar las fallas constructivas que afectan a la vía pública; b) dado el plazo transcurrido sin que diera cumplimiento a lo intimado corresponde aplicar una multa de 29,6820 U.R., según lo que establece el Art. 3º, numeral 12, literal A, inciso d) y los Arts. 21º y 22º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y c) si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 días calendario se aplicará una multa de 39,5760 U.R.;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 2.478/00 del 17/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 29,6820 U.R. (veintinueve unidades reajustables con seis mil ochocientas veinte diezmilésimas) a la Sra. María Rosetto, C.I. Nº 2:762.334-8, propietaria del inmueble empadronado con el Nº 3.800 sito en la calle Sarandí Nº 343, con domicilio en la calle José Ellauri Nº 597 apto. 301, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir a la infractora que si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario se aplicará una multa de 39,5760 U.R. (treinta y nueve unidades reajustables con cinco mil setecientas sesenta diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la División Espacios Públicos y Edificaciones, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo a la infractora, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-