Resolución N° 675/06/4000
Nro de Expediente:
4114-000933-04
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
4/8/2006


Tema:
RATIFICACIONES

Resumen:
Ratificar Decreto N° 31.750 enajenar a la Federación Uruguaya de Cooperativas de Viviendas por Ayuda Mutua, a la Cooperativa "11 de Noviembre", el inmueble Padrón N° 3.295, Piedras N° 555.-

Montevideo, 4 de Agosto de 2006.-
 
        VISTO: la facultad otorgada a esta Intendencia Municipal por Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 31.750 del 29/VI/06 promulgada por Resolución N° 2457/06 del 17/VII/06;
        RESULTANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que los motivos que originaron la Resolución Nº 1655/06 del 23/V/06, mantienen su vigencia y oportunidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.218/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Enajenar en el marco del Decreto Nº 24.654 y de conformidad con los convenios suscritos con la Federación Uruguaya de Cooperativas de Viviendas por Ayuda Mutua, a la Cooperativa "11 de Noviembre", el inmueble de propiedad municipal empadronado con el Nº 3.295, ubicado en la calle Piedras Nº 555.-
        2°.- Establecer como precio de enajenación la suma de 4.709,9400 U.R. (cuatro mil setecientas nueve unidades reajustables con nueve mil cuatrocientas diezmilésimas) lo que implica un subsidio del 41% (cuarenta y uno por ciento), siendo su forma de pago las condiciones previstas por la Reglamentación aprobada por Res. Nº 2.791/94 del 19/VIII/94.- El monto de la enajenación se imputará a la cuenta extrapresupuestal Nº 11300566 de la Cartera de Tierras.-
        3°.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para conocimiento de la autoridad local correspondiente y pase al Servicio de Tierras y Viviendas.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-