Resolución N° 588/00/4000
Nro de Expediente:
4001-000855-98
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
8/5/2000


Tema:
MULTAS

Resumen:
Revocación Resolución Nº 563/97 del 26/V/97 aplicación de multa Sra. Blanca Luzardo, por obras sin regularizar en la calle Bélgica Nº 2222.-

Montevideo, 8 de Mayo de 2000.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las construcciones pendientes de regularización en el inmueble sito en la calle Bélgica Nº 2222, propiedad de la Sra. Blanca Luzardo, C.I. Nº 810.397-7;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Contralor de Edificaciones informa que: a) por Resolución Nº 703/96 del 28/V/96 se aplicó una sanción de 16,3251 U.R.; b) por Resolución Nº 563/97 del 26/V/97 en atención a que no se dio cumplimiento a lo intimado, se aplicó una nueva sanción en la que se padeció error ya que su valor corresponde a la contumacia de la primera sanción aplicada por el Art. 15º, literal A, cuando hubiera correspondido aplicar el Art. 15 literal C, de 8,4099 U.R., c) por Resolución Nº 25/99 del 28/IV/99 se saneó la situación aplicando una multa por el Art. 15º, literal C, de 8,4099 U.R. y d) en atención a que no se ha dado cumplimiento con la regularización intimada, corresponde la aplicación de una nueva sanción la que incrementará con la contumacia correspondiente, tomando como base la multa aplicada por Resolución Nº 25/99 del 28/IV/99;
        2º) que el Servicio de Contralor de Edificaciones informa que corresponde aplicar una multa de 12,6148 U.R., según lo que establece el numeral 2, literal C del Art. 15º y los Arts. 21º y 22º del Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84 y b) si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 120 días calendario se le aplicará un multa de 16,8198;
        3º) que el Asesor Jurídico de este Departamento informa que se debe dejar sin efecto la Resolución Nº 563/97 del 26/V/97;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 581/95 del 20/II/95, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 563/97 del 26/V/97.-
        2º.- Aplicar una multa de 12,6148 U.R. (doce unidades reajustables con seis mil ciento cuarenta y ocho diezmilésimas) a la Sra. Blanca Luzardo C.I. Nº 810.397-7, propietaria del inmueble sito en la calle Bélgica Nº 2222, con domicilio en el mismo, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        3º.- Advertir a la infractora que si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 120 (ciento veinte) días calendario se aplicará una multa de 16,8198 U.R. (dieciséis unidades reajustables con ocho mil ciento noventa y ocho diezmilésimas).-
        4º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Cobro de Morosos y pase a la División Espacios Públicos y Edificaciones, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo a la infractora, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ING. ALBERTO ORTEGA, Director General.-