Resolución N° 66/07/4000
Nro de Expediente:
4114-002227-02 - 1001-003322-04
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
19/1/2007


Tema:
MULTAS

Resumen:
Multa de 19,7880 U.R. a la Administración Nacional de Educación Pública fallas constructivas en Cno. Melilla N° 8191.-

Montevideo, 19 de Enero de 2007.-
 
        VISTO:: estos obrados relacionados con las fallas constructivas constatadas en el inmueble Padrón Nº 43.589, sito con frente al Cno. Melilla N° 8191, propiedad de la Administración Nacional de Educación Pública, (ANEP);
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) la infracción se refiere a no dar cumplimiento a lo notificado por nota N° 1002-009698-06; b) dado el plazo transcurrido sin que se diera cumplimiento a lo intimado corresponde aplicar una multa de 19,7880 U.R., según lo que establece el Art. 3º, numeral 12, literal A, inciso e) si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 días calendario se aplicará una multa de 29,6820 U.R.;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.222/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 19,7880 U.R. (diecinueve unidades reajustables con siete mil ochocientas ochenta diezmilésimas) a la Administración Nacional de Educación Pública, (ANEP), propietaria del inmueble empadronado con el Nº 43.589, sito con frente al Cno. Melilla N° 8191, con domicilio en la calle Soriano N° 1045, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir al infractor que si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario se aplicará una multa de 29,6820 U.R. (veintinueve unidades reajustables con seis mil ochocientas veinte diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la Oficina Central de este Departamento, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo al infractor, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ARQTA. LAURA METHOL, Directora General (I).-