Resolución N° 629/01/4000
Nro de Expediente:
4117-012095-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
6/6/2001


Tema:
MULTAS

Resumen:
Sin efecto Res. Nº 1393/99/4000.-

Montevideo, 6 de Junio de 2001.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las construcciones pendientes de regularización en el inmueble sito en la calle Domingo Aramburú Nº 1918 (Padrones Nos. 18.613 y 94.463) propiedad de Soberbia S.A., R.U.C. 21 133347 0018 ;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 1393/99/4000 del 20/VIII/99 se dispuso aplicar a la referida firma una multa de 37,1025 U.R., según lo que establece el Art. 15º, literal C, numeral 2, y los Arts. 21º y 22º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
        2º) que de acuerdo con la información registral brindada por el Cuerpo de Escribanos, el actual propietario de los inmuebles empadronados con los Nos. 18.613 y 94.463 es el Sr. Diego Marcel San Martín Estévez, C.I. Nº 1:942.082-9, según escritura de compra-venta celebrada el 7/XI/96;
        CONSIDERANDO: que el Asesor Jurídico de este Departamento entiende que: a) atento a lo precedentemente expuesto se padeció error en la determinación del infractor, por lo que corresponde el reembolso de la multa abonada, siempre que sea acreditado su pago y b) a los efectos de salvaguardar el sustento jurídico del derecho de defensa, las futuras actuaciones en obrados deben realizarse ante el actual propietario, con domicilio constituido en Rbla. República de México Nº 5555;

        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        RESUELVE:
        1º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 1393/99/4000 del 20/VIII/99, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Cobro de Morosos y pase a la División Espacios Públicos y Edificaciones.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-