Resolución N° 618/03/4000
Nro de Expediente:
4112-006107-01
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
30/6/2003


Tema:
IMPEDIR FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTO

Resumen:
Impedir funcionamiento establecimiento destinado exposición y venta automotores, Avda. Bolivia Nº 1655, propiedad Sr. Diego Inzaurraga.-

Montevideo, 30 de Junio de 2003.-
 
        VISTO: el funcionamiento del establecimiento destinado a exposición y venta de automotores, ubicada en el predio empadronado con el Nº 182.750 sito con frente a la Avda. Bolivia Nº 1655, propiedad del Sr. Diego Inzaurraga;
        RESULTANDO: 1º) que la Junta Local de la Zona Nº 7 expresa que el establecimiento se instaló sin el correspondiente permiso municipal, por lo que se intimó la presentación del trámite correspondiente, siendo negada su implantación en atención a que: a) se encuentra instalado fuera de la zona comercial y b) el destino no es compatible a nuestro juicio con áreas residenciales caracterizadas, teniendo en cuenta la agresión al paisaje urbano que significa la transformación de un jardín en explanada de exhibición de vehículos;
        2º) que la Comisión Especial Permanente de Carrasco y Punta Gorda informa que no se aprueba la viabilidad de uso para el establecimiento por estar su destino fuera del área comercial;
        3º) que por Resolución Nº 863/02 del 4/III/02 del Departamento Jurídico no se hace lugar al recurso de apelación en subsidio interpuesto por el Sr. Diego Inzaurraga, contra la resolución de fecha 17/VII/01 del Servicio de Contralor de la Edificación;
        4º) que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que de acuerdo con la inspección profesional de fecha 5/IX/02 el establecimiento continúa en actividad haciendo caso omiso a lo dispuesto por este Servicio con fecha 21/VI/02, por lo que se propicia la clausura del local;
        CONSIDERANDO: 1º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones comparte lo expresado por el Servicio actuante;
        2º) que por Resolución Nº 2.465/00 del 17/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad entre otras de impedir el funcionamiento de establecimientos comerciales e industriales cuando existieran fallas constructivas, etc., debidamente constatadas;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Impedir el funcionamiento del establecimiento destinado a exposición y venta de automotores, ubicada en el predio empadronado con el Nº 182.750 sito con frente a la Avda. Bolivia Nº 1655, propiedad del Sr. Diego Inzaurraga.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local de la Zona Nº 7, a la Comisión Especial Permanente de Carrasco y Punta Gorda, al Servicio Central de Inspección General, para su notificación y cumplimiento de lo dispuesto en el numeral que precede y pase al Servicio de Contralor de la Edificación.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-