Resolución N° 615/03/4000
Nro de Expediente:
4001-003486-03
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
26/6/2003


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Grupo Hijos de Detenidos-Desaparecidos, Ex-Presos, Exiliados y Asesinados solicitan uso de Plaza 1º de Mayo el 27/VI/03 de 20:30 a 23:00 horas.-

Montevideo, 26 de Junio de 2003.-
 
        VISTO: la solicitud del grupo de Hijos de Detenidos-Desaparecidos, Ex-Presos, Exiliados y Asesinados para que se les conceda el uso de la Plaza 1º de Mayo, para realizar un espectáculo artístico en el marco de los 30 años del golpe de estado, el 27/VI/03 de 20:30 a 23:00 horas;
        RESULTANDO: 1º) que la Junta Local de la Zona Nº 3 no tiene objeciones que oponer a la solicitud planteada;
        2º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones informa que no tiene objeciones que oponer a la solicitud planteada, responsabilizándose a la solicitante de: a) todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituir el mismo en correctas condiciones de higiene y que los decibeles del equipo de amplificación sonora deberá ajustarse a la normativa vigente y b) realizar las coordinaciones correspondientes con el Servicio Central de Inspección General;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 2.465/00 del 17/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar al grupo de Hijos de Detenidos-Desaparecidos, Ex-Presos, Exiliados y Asesinados el uso de la Plaza 1º de Mayo, para realizar un espectáculo artístico en el marco de los 30 años del golpe de estado, el 27/VI/03 de 20:30 a 23:00 horas, responsabilizándose a los solicitantes de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituir el mismo en correctas condiciones de higiene y que los decibeles del equipo de amplificación sonora deberá ajustarse a la normativa vigente.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización, para conocimiento del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 y al Servicio Central de Inspección General y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-