Resolución N° 614/02/4000
Nro de Expediente:
4711-000377-02
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
31/5/2002


Tema:
RESERVA DE ESPACIO PARA ESTACIONAMIENTO

Resumen:
Reserva de espacio solicita SUAT S.C. en la calle Sarmiento.-

Montevideo, 31 de Mayo de 2002.-
 
        VISTO: la solicitud formulada por el SUAT S.C., tendiente a obtener una reserva de espacio en la calle Sarmiento frente a los Nos. 2590/92;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que puede accederse a lo solicitado, con carácter precario y revocable, junto a la acera Sur de la calle Sarmiento frente a los Nos. 2590/92, entre Luis de la Torre y Enrique Muñoz, en una longitud de 7 metros, todo el horario, debiéndose abonar por concepto de señalamiento la suma de 10 U.R., siendo la tarifa mensual de 32,7600 U.R.;
        2°) que la interesada prestó conformidad con la tarifa dispuesta, según surge a fs. 3 vta. del expediente Nº 4711-000377-02;
        CONSIDERANDO: 1°) que la División Tránsito y Transporte comparte lo expresado, en atención a lo previsto en el Art. R.424.111, numeral 8 del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Municipal;
        2°) que por Resolución Nº 2.465/00 del 17/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de conceder reservas de espacio en la vía pública para estacionamiento de vehículos o carga y descarga de mercaderías;



        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Conceder reserva de espacio al SUAT S.C., junto a la acera Sur de la calle Sarmiento frente a los Nos. 2590/92, entre las calles Luis de la Torre y Enrique Muñoz, en una longitud de 7 (siete) metros, todo el horario.-
        2°.- La misma tendrá carácter precario y revocable y se destinará exclusivamente para ascenso y descenso de pacientes y estará sujeta al costo mensual de 32,7600 U.R. (treinta y dos unidades reajustables con siete mil seiscientas diezmilésimas) debiendo abonar por concepto de señalamiento por única vez y previo al mismo, la suma de 10 U.R. (diez unidades reajustables), ambas cifras se harán efectivas en el Servicio de Ingresos Comerciales.-
        3°.- La interesada deberá comunicar por escrito cuando no tenga interés en la reserva a los efectos del cese respectivo.-
        4º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para conocimiento de la autoridad local correspondiente, a los Servicios de Vigilancia y de Ingresos Comerciales y pase al Servicio de Ingeniería de Tránsito.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-