Resolución N° 591/99/4000
Nro de Expediente:
4711-000612-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
12/4/1999


Tema:
RESERVA DE ESPACIO PARA ESTACIONAMIENTO

Resumen:
Reserva de espacio modificar el metraje de ISABELA S. en la calle Juklio Herrera y Obes Nº 1591.-

Montevideo, 12 de Abril de 1999.-
 
        VISTO: la solicitud formulada por ISABELA S.en C. a los efectos de modificar el metraje de la reserva de espacio concedida en la calle Julio Herrera y Obes Nº 1591;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que: a) por Resolución Nº 27/97 del 16/I/97, se concedió reserva de espacio en la precitada calle entre las calles Paysandú y Cerro Largo, en una longitud de 14 metros en el horario de 08:00 a 16:00 horas; b) por Resolución Nº 1.927/98 del 23/XII/98 se modificó el horario de 09:00 a 17:00 horas y c) puede accederse a lo solicitado, siendo el metraje de 7 metros;
        2°) que la interesada prestó conformidad con la tarifa dispuesta, según surge a fs. 11 vta. del expediente Nº 4711-000612-99;
        CONSIDERANDO: 1°) que la División Tránsito y Transporte comparte lo expresado, en atención a lo previsto en el Art. R.424.111, numeral 6 del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Municipal,;
        2°) que por Resolución Nº 583/95 del 20/II/95, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de conceder reservas de espacio en la vía pública para estacionamiento de vehículos o carga y descarga de mercaderías;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Dejar sin efecto las Resoluciones Nos. 27/97 del 16/I/97 y 1927/98 del 23/XII/98.-
        2º.- Conceder reserva de espacio a ISABELA S. en C., en la acera Oeste de la calle Julio Herrera y Obes frente al Nº 1591 entre las calles Paysandú y Cerro Largo, en una longitud de 7 (siete) metros, en el horario de 09:00 a 17:00 horas.-
        3°.- Establecer que la misma tendrá carácter precario y revocable y se destinará exclusivamente para carga y descarga de mercaderías y estará sujeta al costo mensual de 11,2000 U.R. (once unidades reajustables con dos mil diezmilésimas) , dicha suma suma se hará efectiva en el Servicio de Ingresos Comerciales.-
        4°.- La interesada deberá comunicar por escrito cuando no tenga interés en la reserva a los efectos del cese respectivo.-
        5º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para conocimiento de la autoridad local correspondiente, a los Servicios de Vigilancia y de Ingresos Comerciales y pase al Servicio de Ingeniería de Tránsito.-

Ing. ALBERTO ORTEGA, Director General .-