Resolución N° 697/13/4000
Nro de Expediente:
3310-023873-13
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
24/12/2013


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Autorizar a de vecinos y vecinas de la zona representados por el Sr. Daniel Castro, para el uso de la calle Gurméndez entre Isidro Laraya y Cno. Carrasco para llevar a cabo actividades recreativas los días 24, 25 y 31 de diciembre del corriente año y 1º de enero de 2014, de 21 a 24 horas

Montevideo, 24 de Diciembre de 2013.-
 
        VISTO: la solicitud de vecinos y vecinas de la zona representados por el Sr. Daniel Castro, para el uso de la calle Gurméndez entre Isidro Laraya y Cno. Carrasco para llevar a cabo actividades recreativas los días 24, 25 y 31 de diciembre del corriente año y 1º de enero de 2014, de 21 a 24 horas;
        RESULTANDO: 1º) que el Municipio F propicia acceder a lo solicitado;
        2º) que la Unidad Inspectiva de Vigilancia, con la conformidad de la División Tránsito y Transporte, no tiene inconvenientes en acceder a lo solicitado aconsejando establecer la siguiente señalización: 5 balizas, cintas de pare y cartel luminoso de gran porte con flecha de desvío o calle cerrada en la cabecera de los cortes;
        3º) que el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño informa que no se presentan objeciones para su autorización, recomendando el cumplimiento de los aspectos detallados a fs. 10 de estas actuaciones;
        4º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones no tiene inconveniente en acceder a la solicitud planteada, conforme a las condiciones detalladas a fs. 11 y 12;
        CONSIDERANDO: las órdenes impartidas por la Superioridad;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar a de vecinos y vecinas de la zona representados por el Sr. Daniel Castro, para el uso de la calle Gurméndez entre Isidro Laraya y Cno. Carrasco para llevar a cabo actividades recreativas los días 24, 25 y 31 de diciembre del corriente año y 1º de enero de 2014, de 21 a 24 horas, condicionado a que el peticionante deberá: A) cumplir con: a) las disposiciones vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado y el horario fijado, tomando todas las medidas necesarias para no poner en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad, siendo el único responsable de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; b) la normativa ambiental vigente, debiendo tener un plan de gestión de residuos que abarque la actividad a desarrollar y c) las condiciones que establecen la Unidad Inspectiva de Vigilancia de la División Tránsito y Transporte y el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño a fs. 11 y 12 de estas actuaciones, las cuales se dan aquí por enteramente reproducidas y cuyas fotocopias deberán ser anexadas a la presente resolución; B) Responsabilizarse: a) de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en correctas condiciones de higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, especies vegetales y demás instalaciones, tanto a nivel de superficies aéreas o subterráneas, prohibiéndose terminantemente hacer uso de árboles, columnas de alumbrado público u ornamentos para la instalación de equipo sonoro, luminarias o carteles de cualquier tipo y en caso de utilizar equipo de amplificación, los decibeles deberán ajustarse a la normativa vigente y b) de todas las consecuencias que se originen o deriven de la actividad a desarrollar, quedando la Intendencia exonerada de toda responsabilidad; C) Efectuar las coordinaciones correspondientes con el Municipio F y los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 9 y Central de Inspección General y D) El incumplimiento de las condiciones en que se otorga, así como las molestias que puedan provocarse al vecindario, dará lugar a la inmediata suspensión de la actividad.-
        2º.- Establecer que deberá cumplir con la normativa vigente en materia de espectáculos públicos así como la señalización aconsejada por la Unidad Inspectiva de Vigilancia.-
        3º.- Comuníquese a la Secretaría General para conocimiento de la Jefatura de Policía de Montevideo, al Municipio F, a la División Tránsito y Transporte, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 9 y Central de Inspección General y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

Arqta. Laura Methol, Directora General (I).-