Resolución N° 594/15/4000
Nro de Expediente:
3410-009123-13
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
5/11/2015


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de 15 U.R. al Banco de la República Oriental del Uruguay, por falta de mantenimiento de canteros de césped y parte de la vereda peatonal del espacio público ubicado con frente a su Agencia Paso de la Arena, predio cedido por Resolución Nº 904/12 del 5/III/12.

Montevideo, 5 de Noviembre de 2015.-
 
        VISTO: el espacio público ubicado frente a la Agencia Paso de la Arena del Banco de la República Oriental del Uruguay, en la intersección de la Avda. Luis Batlle Berres y el Cno. Tomkinson;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 904/12 del 5/III/12 se autorizó su uso, condicionado y con carácter precario y revocable, al mencionado Banco, para acondicionarlo como estacionamiento vehicular y vereda;
        2º) que la Unidad de Concesiones y Eventos del Servicio de Planificación, Gestión y Diseño informa que: a) de las inspecciones realizadas, se constató la falta de mantenimiento de canteros de césped y parte de la vereda peatonal, causando un perjuicio a los transeúntes, entorpeciendo el uso del estacionamiento y b) por lo expuesto debería aplicarse una multa de 15 U.R., según lo establecido en el Art. 3º, numeral 17 del Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84 y de acuerdo con la Resolución Nº 2287/13 del 3/VI/13;
        3º) que se ha notificado de la multa a aplicarse, según consta a fs 71 de estas actuaciones, sin haberse presentado descargos;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3248/15 del 9/VII/15, el Sr. Intendente de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar





        multas hasta un monto de 55 U.R.;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 15 U.R. (quince unidades reajustables) al Banco de la República Oriental del Uruguay, concesionario del espacio público, ubicado frente a su Agencia Paso de la Arena, en la intersección de la Avda. Luis Batlle Berres y el Cno. Tomkinson, predio cedido por Resolución Nº 904/12 del 5/III/12, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2º.- Comuníquese al Departamento de Secretaría General para conocimiento del Banco de la República Oriental del Uruguay, a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Planificación, Gestión y Diseño, quién remitirá al Servicio de Expedición y Correo los formularios impresos de acuerdo con lo determinado por el Art. R.97 del Volumen II del Digesto a los efectos de notificar el acto administrativo al infractor, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente Resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para su cobro.-

Arqta. Silvana Pissano, Directora General.-