Resolución N° 6/12/4000
Nro de Expediente:
4149-002013-10
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
9/1/2012


Tema:
RATIFICACIONES

Resumen:
Se ratifica el Decreto Nº 34.023 del 15/XII/11 y se enajena el predio empadronado con el Nº 424.728, sito con frente a la calle José Prat entre las de Triunfo y Ferreira y Artigas, a la Cooperativa 8 de Marzo.-

Montevideo, 9 de Enero de 2012.-
 
        VISTO: la facultad otorgada a esta Intendencia por Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 34.023 del 15/XII/11 promulgado por Resolución Nº 21/12 del 2/I/12;
        RESULTANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que los motivos que originaron la Resolución Nº 5304/11 del 21/XI/11, mantienen su vigencia y oportunidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3089/10 del 12/VII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Enajenar el predio empadronado con el Nº 424.728, sito con frente a la calle José Prat entre las de Triunfo y Ferreira y Artigas, a la Cooperativa 8 de Marzo.-
        2º.- Establecer como precio de enajenación la suma de 1.136,7951 U.R. (mil ciento treinta y seis unidades reajustables con siete mil novecientas cincuenta y una diezmilésimas), siendo su forma de pago las condiciones previstas en la Reglamentación aprobada por Resolución Nº 2.791 del 19/VIII/94.-


        3º.- Pase al Servicio de Tierras y Viviendas.-

Arqta. LAURA METHOL, Directora General (I).-