Resolución N° 592/99/4000
Nro de Expediente:
4711-009748-98
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
12/4/1999


Tema:
RESERVA DE ESPACIO PARA ESTACIONAMIENTO

Resumen:
Reserva de espacio a DIVERTIRAMA LTDA. en la calle Miguelete frente al Nº 1933.-

Montevideo, 12 de Abril de 1999.-
 
        VISTO: la solicitud formulada por DIVERTIRAMA LTDA., tendiente a obtener una reserva de espacio en la calle Miguelete frente al Nº 1933 entre las calles Inca y Justicia;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que puede accederse a lo solicitado, con carácter precario y revocable, en una longitud de 7 metros, de lunes a sábado en el horario de 18:00 a 00:00 horas y domingos de 18:00 a 22:00 horas, debiéndose abonar por concepto de señalamiento la suma de 10 U.R., sindo la tarifa mensual de 11,2000 U.R.;
        2°) que la interesada prestó conformidad con la tarifa dispuesta, según surge a fs. 6 vta. del expediente Nº 4711-009748-98;
        CONSIDERANDO: 1°) que la División Tránsito y Transporte comparte lo expresado, en atención a lo previsto en el Art. R.424.111, numeral 6 del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Municipal,;
        2°) que por Resolución Nº 583/95 del 20/II/95, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de conceder reservas de espacio en la vía pública para estacionamiento de vehículos o carga y descarga de mercaderías;



        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Conceder reserva de espacio a DIVERTIRAMA LTDA. en la calle Miguelete frente al Nº 1933, entre las calles Inca y Justicia, en una longitud de 7 (siete) metros, de lunes a sábado de 18:00 a 00:00 horas y domingo de 18.00 a 22:00 horas.-
        2°.- La misma tendrá carácter precario y revocable y se destinará exclusivamente para carga y descarga de mercadería y estará sujeta al costo mensual de 11,2000 U.R. (once unidades reajustables con dos mil diezmilésimas) debiendo abonar por concepto de señalamiento por única vez y previo al mismo, la suma de 10 U.R. (diez unidades reajustables), ambas cifras se harán efectivas en el Servicio de Ingresos Comerciales.-
        3°.- La interesada deberá comunicar por escrito cuando no tenga interés en la reserva a los efectos del cese respectivo.-
        4º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para conocimiento de la autoridad local correspondiente, a los Servicios de Vigilancia y de Ingresos Comerciales y pase al Servicio de Ingeniería de Tránsito.-

Ing. ALBERTO ORTEGA, Director General .-