Resolución N° 651/99/4000
Nro de Expediente:
4117-003534-97
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
15/4/1999


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar multa 49,4700, Sres. María del Carmen Figueroa y Miguel Fontes Cordero, C.I. 1:587.772-9 y 1:731.561-2 respectivamente, las construcciones pendientes de regularización, la calle Avellaneda Nº 4051 apto. 03.-

Montevideo, 15 de Abril de 1999.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las construcciones pendientes de regularización en el inmueble sito en la calle Avellaneda Nº 4051 apto. 03, propiedad de los Sres. María del Carmen Figueroa y Miguel Fontes Cordero, C.I. 1:587.772-9 y 1:731.561-2 respectivamente;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de Edificaciones informa que: a) corresponde aplicar una multa de 49,4700 U.R., según lo que establece el Art. 15º, literal C, numeral 2 y los Arts. 21º y 22º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y b) si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 120 días calendario se aplicará una multa de 61,8375 U.R.;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 581/95 del 20/II/95, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 49,4700 U.R. (cuarenta y nueve unidades reajustables con cuatro mil setecientas diezmilésimas) a los Sres. María del Carmen Figueroa y Miguel Fontes Cordero, C.I. 1:587.772-9 y 1:731.561-2 respectivamente, propietarios del inmueble sito en la calle Avellaneda Nº 4051 apto. 03, con domicilio en el mismo, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir a los infractores que si no dan cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 120 (ciento veinte) días calendario se aplicará una multa de 61,8375 U.R. (sesenta y una unidades reajustables con ocho mil trescientas setenta y cinco diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio de Gestión de Cobro de Morosos y pase a la División Espacios Públicos y Edificaciones, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo a los infractores, advirtiéndoles que disponen de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

Ing. ALBERTO ORTEGA, Director General .-