Resolución N° 707/09/4000
Nro de Expediente:
4114-005505-05
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
30/10/2009


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de 29,6820 U.R. a los Sres. Elida Beatriz Berruti Ben y otros, propietarios del inmueble empadronado con el Nº 62507, sito en la calle Spencer Nº 4508.-

Montevideo, 30 de Octubre de 2009.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las fallas constructivas constatadas en el inmueble empadronado con el Nº 62507, sito en la calle Spencer Nº 4508, propiedad de los Sres. Elida Beatriz, Juan Pedro, Noemí Elizabeth, Olga Renee y Elsa Gladys Berruti Ben, C.I. Nos. 1:548.273-0, 1:269.473-2, 1:223.573-0, 709.717-1 y 966.795-0 respectivamente;
        RESULTANDO: 1°) que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que corresponde aplicar una multa de 29,6820 U.R., según lo que establece el literal c, numeral 12, Art. 3 del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
        2º) que se ha notificado de la multa a aplicarse, según consta a fs.36, 37 y 38 de estas actuaciones;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.222/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 29,6820 U.R. (veintinueve unidades reajustables con seis mil ochocientas veinte diezmilésimas) a los Sres. Elida Beatriz, Juan Pedro, Noemí Elizabeth, Olga Renee y Elsa Gladys Berruti Ben, C.I. Nos. 1:548.273-0, 1:269.473-2, 1:223.573-0, 709.717-1 y 966.795-0 respectivamente, propietarios del inmueble empadronado con el Nº 62507, sito en la calle Spencer Nº 4508, con domicilio en Celiar Nº 3284, Cno. Las Pleyades Nº 3354, Spencer Nº 4512, Manuel Rose Nº 2083 y Cno. Repetto Nº 2021, respectivamente, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir a los infractores que si no dan cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario se aplicará una multa de 44,5230 U.R. (cuarenta y cuatro unidades reajustables con cinco mil doscientas treinta diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la Oficina Central de este Departamento, quién remitirá a Expedición y Correo los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo a los infractores, advirtiéndoles que disponen de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-