Resolución N° 628/10/4000
Nro de Expediente:
1060-000730-10
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
10/11/2010


Tema:
RATIFICACIONES

Resumen:
Ratificar Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 33.566 del 14/X/10, imponer una multa de 105 U.R. a Teyma Uruguay S.A., por remociones en la vía pública sin autorización, Cno. Fauquet, entre Cno. Melilla y la Ruta Nº 5.-

Montevideo, 10 de Noviembre de 2010.-
 
        VISTO: la facultad otorgada a esta Intendencia por Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 33.566 del 14/X/10, promulgado por Resolución Nº 5072/10 del 1º/XI/10;
        RESULTANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que los motivos que originaron la Resolución Nº 4188/10 del 13/IX/10, mantienen su vigencia y oportunidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.089/10 del 12/VII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Imponer una multa de 105 U.R. (ciento cinco unidades reajustables) a Teyma Uruguay S.A., R.U.T. 21 109677 0013, con domicilio en la Avda. Uruguay Nº 1283, por infracción a lo dispuesto en el Artículo D.2215 del Título II "De las Remociones en la Vía Pública", del Volumen VII "De las Obras" del Digesto, por realizar remociones en la vía pública sin autorización, en una superficie de 21 m2, en el Cno. Fauquet, entre el Cno. Melilla y la Ruta Nº 5.-
        2º.- Intimar a la infractora el cumplimiento de las normas establecidas en la Ordenanza Municipal bajo apercibimiento de que, en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, al Registro de Empresas Contratistas de Obras en la Vía Pública de la División Vialidad y pase a la Unidad de Control y Coordinación de Redes de Infraestructura Urbana, quién remitirá al Servicio de Expedición y Correo los formularios impresos de acuerdo con lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo a la infractora, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ELEONORA BIANCHI CASERTA, Directora General.-