Resolución N° 584/13/4000
Nro de Expediente:
4114-002889-01
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
14/11/2013


Tema:
FINCA RUINOSA

Resumen:
Se desafectan de su calidad de ruinosas las construcciones existentes en el predio Padrón Nº 141.905, ubicado en la calle Godoy Nº 4521.-

Montevideo, 14 de Noviembre de 2013.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las construcciones existentes en el predio empadronado con el Nº 141.905, ubicado en la calle Godoy Nº 4521;
        RESULTANDO: 1º) que dichas construcciones fueron declaradas ruinosas por Resolución Nº 148.300 del 17/VI/80;
        2º) que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que mediante inspección técnica efectuada pudo constatarse que no se visualizan signos que puedan suponer riesgos para los ocupantes linderos o hacia la vía pública, por lo que propicia desafectarlas de su calidad de finca ruinosa;
        3º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones presta su conformidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 4272/10 del 17/IX/10, la Sra. Intendenta de Montevideo, delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de desafectar de la declaración de finca ruinosa a los inmuebles que así hubiesen sido declarados, habiendo cesado la causa que dio mérito para ello;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Desafectar de su calidad de ruinosa las construcciones existentes en el predio empadronado con el Nº 141.905, ubicado en la calle Godoy Nº 4521.-
        2º.- Comuníquese al Municipio E, al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 6 y pase al Servicio de Contralor de la Edificación.-

Eleonora Bianchi Caserta, Directora General .-