Resolución N° 613/10/4000
Nro de Expediente:
3260-011558-10
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
29/10/2010


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Autorizar a Suril S.A., el uso de los espacios públicos ubicados en la Explanada de Kibón, Canteras del Parque Rodó y frente al Museo Oceanográfico, los 4 fines de semana del mes de noviembre del año en curso, a fin de llevar a cabo una exposición de automóviles chinos.-

Montevideo, 29 de Octubre de 2010.-
 
        VISTO: la solicitud de Suril S.A. para que se le conceda el uso de los espacios públicos ubicados en la Explanada de Kibón, Canteras del Parque Rodó y frente al Museo Oceanográfico, los 4 fines de semana del mes de noviembre del año en curso, a fin de llevar a cabo una exposición de automóviles chinos;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 5 y el Municipio CH prestan su conformidad;
        2º) que el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño informa que no se presentan objeciones para su autorización, recomendando el cumplimiento de los aspectos detallados a fs. 8 del expediente Nº 3230-3260-011558-10;
        3º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones no tiene objeciones que oponer a la solicitud planteada, conforme a las condiciones detalladas a fs. 10 de estos obrados;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 4272/10 del 17/IX/10, la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar a Suril S.A., el uso de los espacios públicos ubicados en la Explanada de Kibón, Canteras del Parque Rodó y frente al Museo Oceanográfico, los 4 fines de semana del mes de noviembre del año en curso, a fin de llevar a cabo una exposición de automóviles chinos, debiendo la peticionante cumplir con las siguientes condiciones: a) con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público en el horario solicitado, estableciendo que la peticionante deberá: a) cumplir con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público en el horario solicitado, debiendo respetar la normativa ambiental vigente; b) tomar las medidas necesarias para no poner en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar, quedando la Intendencia exonerada de toda responsabilidad; c) responsabilizarse de todo deterioro que se produzca en dicho predio como consecuencia de la actividad programada, debiendo restituirlo en correctas condiciones de higiene y mantenimiento, implementando un plan de gestión de residuos, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, especies vegetales y demás instalaciones, tanto a nivel de superficie o subterráneas; d) no utilizar los árboles, columnas de alumbrado público u ornamentos para la instalación de equipo sonoro, luminarias o carteles de cualquier tipo; e) en caso de utilizar equipo de amplificación, los decibeles deberán ajustarse a la normativa vigente; f) tomar las medidas necesarias para una circulación peatonal segura en la zona donde se realiza el evento; g) se prohíbe expresamente el acceso con vehículos de cualquier tipo y por ningún concepto sobre las aceras y espacios parquizados, así como la instalación de carteles u otros elementos publicitarios fuera del sector asignado; h) por tratarse de una actividad de carácter comercial se establece una contrapartida determinada para esta actividad en $ 160.000,oo (ciento sesenta mil pesos uruguayos) a ser aportada por la empresa autorizada, en obras, servicios, equipos y/o materiales definidos por las autoridades locales y de la División Espacios Públicos y Edificaciones e i) realizar las coordinaciones correspondientes con el Municipio CH y los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 5 y Central de Inspección General.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Municipio CH, y a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 5 y Central de Inspección General y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

ELEONORA BIANCHI CASERTA, Directora General.-