Resolución N° 681/09/4000
Nro de Expediente:
4111-002055-09
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
29/10/2009


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de 16,3251 U.R. a la Sra. Iliana Giroff, C.I. Nº 1.660.190-3, propietaria del inmueble Padrón individual No.172669/003, sito con frente a la calle Rivadavia Nº 1833.-

Montevideo, 29 de Octubre de 2009.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las construcciones realizadas sin el correspondiente permiso municipal en el inmueble Padrón individual con el No.172669/003, sito en la calle Rivadavia Nº 1833, propiedad de la Sra. Iliana Giroff, C.I. Nº 1.660.190-3;
        RESULTANDO: 1°) que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que corresponde aplicar una multa de 16,3251 U.R., según lo que establece el literal A, numeral 4, Art. 15º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
        2º) que se ha notificado de la multa a aplicarse, según consta a fs. 11 de estas actuaciones;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.222/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 16,3251 U.R. (dieciséis unidades reajustables con tres mil doscientas cincuenta y una diezmilésimas) a la Sra. Iliana Giroff, C.I. Nº 1.660.190-3, propietaria del inmueble Padrón individual No.172669/003, sito con frente a la calle Rivadavia Nº 1833, con domicilio en la calle Felipe Cardozo Nº 2663, Cooperativa Mesa 1, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la Oficina Central de este Departamento, quién remitirá a Expedición y Correo los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo al infractor, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-