Resolución N° 648/01/4000
Nro de Expediente:
4113-010687-00
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
8/6/2001


Tema:
MULTAS

Resumen:
Multa de 16,3251 U.R. a las Sras. María Raquel y María Cristina Rodríguez Villemur, obras sin permiso Joaquín Suárez Nº 3415.-

Montevideo, 8 de Junio de 2001.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las construcciones realizadas sin el correspondiente permiso municipal en el imueble sito en la Avda. Joaquín Suárez Nº 3415, propiedad de las Sras. María Raquel y María Cristina Rodríguez Villemur C.I. Nos. 1:376.122-3 y 1:276.827-0 respectivamente;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que corresponde aplicar una multa de 16,3251 U.R., según lo que establece el numeral 4, literal A, Art. 15º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 2.478/00 del 17/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 16,3251 U.R. (dieciséis unidades reajustables con tres mil doscientas cincuenta y una diezmilésimas) a las Sras. María Raquel y María Cristina Rodríguez Villemur C.I. Nos. 1:376.122-3 y 1:276.827-0 respectivamente, propietarias del inmueble sito en la Avda. Joaquín Suárez Nº 3415, con domicilio en la calle Pedro F. Berro Nº 743, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Cobro de Morosos y pase a la División Espacios Públicos y Edificaciones, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo al infractor, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-