Resolución N° 651/13/4000
Nro de Expediente:
3240-0021546-13
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
9/12/2013


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Se autoriza condicionado a la Asociación Civil "Atención Integral en Arteterapia TAITA, representada por su Maestra Sra. Mónica Nípoli y Educadora Sra. Estela Ureta, el espacio público de la calle José Catalá entre las de Canstatt y Francisco Arrieta, el día 16/XII/13 en el horario de 16:00 a 22:00 horas, para llevar a cabo el festejo de cierre del año lectivo.-

Montevideo, 9 de Diciembre de 2013.-
 
        VISTO: la solicitud de la Asociación Civil "Atención Integral en Arteterapia TAITA, representada por su Maestra Sra. Mónica Nípoli y Educadora Sra. Estela Ureta para que se le conceda el uso del espacio público de la calle José Catalá entre las de Canstatt y Francisco Arrieta, el día 16/XII/13 en el horario de 16:00 a 22:00 horas, para llevar a cabo el festejo de cierre del año lectivo;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 y el Municipio C prestan su conformidad ;
        2º) que la Unidad Inspectiva de Vigilancia de la División Tránsito y Transporte no tiene inconveniente en acceder al evento motivo de obrados, condicionado a la señalización que garantice la seguridad de los usuarios de la vía pública, que consta a fs. 5;
        3º) que el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño informa que no se presentan objeciones para su autorización, recomendando el cumplimiento de los aspectos detallados a fs. 9 de estas actuaciones;
        4º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones no tiene inconveniente en acceder a la solicitud planteada, conforme a las condiciones detalladas a fs. 10 y 11;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 4272/10 del 17/IX/10, la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras,



        de autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar a la Asociación Civil "Atención Integral en Arteterapia TAITA, representada por su Maestra Sra. Mónica Nípoli y Educadora Sra. Estela Ureta el uso del espacio público de la calle José Catalá entre las de Canstatt y Francisco Arrieta, el día 16/XII/13 en el horario de 16:00 a 22:00 horas, para llevar a cabo el festejo de cierre del año lectivo, condicionado a que la peticionante deberá: A) cumplir con: a) las disposiciones vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado y el horario fijado, tomando todas las medidas necesarias para no poner en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad, siendo la única responsable de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; b) la normativa ambiental vigente, debiendo tener un plan de gestión de residuos que abarque la actividad a desarrollar y c) las condiciones que establece la Unidad Inspectiva de Vigilancia de la División Tránsito y Transporte a fs. 5 y el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño a fs. 9 de estas actuaciones, las cuales se dan aquí por enteramente reproducidas y cuyas fotocopias deberán ser anexadas a la presente resolución; B) Responsabilizarse: a) de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en correctas condiciones de higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, especies vegetales y demás instalaciones, tanto a nivel de superficies aéreas o subterráneas, prohibiéndose terminantemente hacer uso de árboles, columnas de alumbrado público u ornamentos para la instalación de equipo sonoro, luminarias o carteles de cualquier tipo y en caso de utilizar equipo de amplificación, los decibeles deberán ajustarse a la normativa vigente y b) de todas las consecuencias que se originen o deriven de la actividad a desarrollar, quedando la Intendencia exonerada de toda responsabilidad; C) Efectuar las coordinaciones correspondientes con el Municipio C y los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 3 y Central de Inspección General y D) El incumplimiento de las condiciones en que se otorga, así como las molestias que puedan provocarse al vecindario, dará lugar a la inmediata suspensión de la actividad.-
        2º.- Establecer que deberá cumplir con la normativa vigente en materia de espectáculos públicos.-
        3º.- Comuníquese a la Secretaría General para conocimiento de la Jefatura de Policía de Montevideo, al Municipio C, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 3 y Central de Inspección General y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

Eleonora Bianchi Caserta, Directora General .-