Resolución N° 596/15/4000
Nro de Expediente:
1060-002592-15
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
5/11/2015


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de 4,32 U.R., a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas por no respetar la prohibición de depositar escombros en la vía pública, en una intervención frente al Nº 3952 de la calle Guenoas.

Montevideo, 5 de Noviembre de 2015.-
 
        VISTO: la infracción cometida por Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, RUT 210778720012, mientras efectuaba trabajos en la vía pública frente al Nº 3952 de la calle Guenoas;
        RESULTANDO: 1º) que la Unidad de Control y Coordinación de Redes de Infraestructura Urbana informa que: a) dicha empresa infringió lo dispuesto en el Art. D.2229 del Título III "De las Remociones en la Vía Pública", del Volumen VII "De las Obras" del Digesto, por no respetar la prohibición de depositar escombros en la vía pública, en una superficie de 4,32 m2 y b) se ha procedido a la notificación pertinente, no presentándose descargos;
        2º) que de acuerdo con lo establecido por el Art. D.2241.5, corresponde aplicar una multa de 4,32 U.R.;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3248/15 del 9/VII/15, el Sr. Intendente de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 4,32 U.R. (cuatro unidades reajustables con tres mil doscientas diezmilésimas) a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, RUT 210778720012, con domicilio en en la calle Paraguay Nº 2431, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2º.- Intimar a la infractora el cumplimiento de las normas establecidas en la Ordenanza bajo apercibimiento de que, en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, al Registro de Empresas Contratistas de Obras en la Vía Pública de la División Vialidad y pase a la Unidad de Control y Coordinación de Redes de Infraestructura Urbana, quién remitirá al Servicio de Expedición y Correo los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.97 del Volumen II del Digesto a los efectos de notificar el acto administrativo a la infractora, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente Resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para su cobro.-

Arqta. Silvana Pissano, Directora General.-