Resolución N° 581/10/4000
Nro de Expediente:
4130-002470-10
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
14/10/2010


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Autorizar a la Editorial Random House Mondadori el uso de la Plaza Gomenzoro, para realizar una actividad cultural (presentación de un libro "El Pañuelo del Mago") el próximo 17 de octubre a las 18:00 horas

Montevideo, 14 de Octubre de 2010.-
 
        VISTO: la solicitud de la Editorial Random House Mondadori tendiente a obtener el uso de la Plaza Gomensoro, con el fin de presentar el libro "El Pañuelo del Mago" del escritor uruguayo Fernando Villalba, el próximo 17 de octubre a las 18:00 horas;
        RESULTANDO: que la División Espacios Públicos y Edificaciones no tiene objeciones que oponer a la solicitud planteada, conforme a las condiciones detalladas a fs. 6 de estas actuaciones, destacando que se ha enviado comunicación al Municipio CH;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 4272/10 del 17/IX/10, la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar a la Editorial Random House Mondadori el uso de la Plaza Gomensoro, con el fin de presentar el libro "El Pañuelo del Mago" del escritor uruguayo Fernando Villalba, el próximo 17 de octubre a las 18:00 horas, estableciendo que la peticionante deberá: a) cumplir con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público en el horario solicitado, debiendo respetar la normativa ambiental vigente; b) tomar las medidas necesarias para no poner en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar, quedando la Intendencia exonerada de toda responsabilidad; c) responsabilizarse de todo deterioro que se produzca en dicho predio como consecuencia de la actividad programada, debiendo restituirlo en correctas condiciones de higiene y mantenimiento, implementando un plan de gestión de residuos, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, especies vegetales y demás instalaciones, tanto a nivel de superficie o subterráneas; d) no utilizar los árboles, columnas de alumbrado público u ornamentos para la instalación de equipo sonoro, luminarias o carteles de cualquier tipo; e) en caso de utilizar equipo de amplificación, los decibeles deberán ajustarse a la normativa vigente; f) tomar las medidas necesarias para un circulación peatonal segura en la zona donde se realiza el evento; g) se prohíbe expresamente el acceso con vehículos de cualquier tipo y por ningún concepto sobre las aceras y espacios parquizados, así como la instalación de carteles u otros elementos publicitarios fuera del sector asignado; h) los puestos deberán contar con un mismo diseño con calidad de materiales y dimensiones mínimas, acordes con la jerarquía del espacio a utilizar y h) realizar las coordinaciones correspondientes con el Servicios Centro Comunal Zonal competente y Central de Inspección General.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Municipio CH y a los Servicios Central de Inspección General y Centro Comunal Zonal Nº 5 y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

ELEONORA BIANCHI CASERTA, Directora General.-