Resolución N° 65/11/4000
Nro de Expediente:
4112-012389-09
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
4/3/2011


Tema:
IMPEDIR FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTO

Resumen:
Impedir el funcionamiento del establecimiento destinado a restaurante, bar y café, ubicado en el predio empadronado con el Nº 179.480, sito con frente a la calle 26 de Marzo Nº 1325, propiedad de La Séptima S.R.L.

Montevideo, 4 de Marzo de 2011.-
 
        VISTO: el funcionamiento del establecimiento destinado a restaurante, bar y café, ubicado en el predio empadronado con el Nº 179.480, sito con frente a la calle 26 de Marzo Nº 1325, propiedad de La Séptima S.R.L.;
        RESULTANDO: 1º) que por Resoluciones N° 209/10/4000 del 16/IV/10 y su modificativa Resolución Nº 283/10/4000 del 11/V/10 se autorizó su funcionamiento en forma debidamente condicionada;
        2º) que desde su apertura se ha verificado todo tipo de perjuicios a los vecinos que fueron motivos de constantes denuncias;
        3º) que el Servicio de Contralor de Edificaciones informa que: a) promovido por el Abogado Asesor del Municipio CH, se realizaron inspecciones y mediciones por parte del Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, concluyendo en informe del 2/XII/10 que se debería amparar a los vecinos por ruidos molestos y b) surgen evidencias objetivas que permiten afirmar que el desarrollo de las actividades han implicado un comportamiento contumaz, trasgrediendo normas y generando trastornos que perturban la tranquilidad y el orden público, por lo que propicia la clausura definitiva del local;
        4°) que la División Espacios Públicos y Edificaciones comparte lo aconsejado;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 744/10 del 26/II/10 la Sra. Intendenta de Montevideo ratificó las facultades otorgadas que por Resolución Nº 4272/10 del 17/IX/10, la Sra. Intendenta delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de impedir el funcionamiento de establecimientos comerciales e industriales cuando existieran fallas constructivas, etc., debidamente constatadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Impedir el funcionamiento del establecimiento destinado a restaurante, bar y café, ubicado en el predio empadronado con el Nº 179.480, sito con frente a la calle 26 de Marzo Nº 1325, propiedad de La Séptima S.R.L., por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Municipio CH, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 5 y Central de Inspección General y pase al Servicio de Contralor de Edificaciones.-

ELEONORA BIANCHI CASERTA, Directora General.-