Resolución N° 590/02/4000
Nro de Expediente:
4114-000078-02 4114-003549-00
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
27/5/2002


Tema:
FINCA RUINOSA

Resumen:
Desafectar de ruinosa finca de la Avda. 8 de Octubre Nos. 4372/74/76.-

Montevideo, 27 de Mayo de 2002.-
 
        VISTO: que por Resolución Nº 10.781 del 17/XI/87 se declararon ruinosas y con peligro de derrumbe las construcciones ubicadas con frente a la Avda. 8 de Octubre Nos. 4372/74/76;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que, realizada inspección se ha constatado la construcción de obras donde funciona un local comercial, por lo que aconseja desafectarla de su carácter de ruinosa;
        2º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones entiende conveniente proceder de conformidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3902/00 del 23/X/00 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, desafectar de la declaración de finca ruinosa a los inmuebles que así hubieses sido declarados, habiendo cesado la causa que dio mérito para ello;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Desafectar de su calidad de ruinosas las construcciones ubicadas en el predio empadronado con el Nº 62.918, sito con frente a la Avda. 8 de Octubre Nos. 4372/74/76.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización para su transcripción a la autoridad local correspondiente y

        pase al Servicio de Contralor de la Edificación.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-