Resolución N° 621/03/4000
Nro de Expediente:
4114-002389-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
30/6/2003


Tema:
MULTAS

Resumen:
Multa de 44.5230 U.R. al Sr. Elías Wainkrantz Frydman por fallas constructivas en Pérez Castellano Nº 1301/05/07.-

Montevideo, 30 de Junio de 2003.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las fallas constructivas comprobadas en el inmueble empadronado con el Nº 3.574, sito en la calle Pérez Castellano Nos. 1301/05/07 propiedad del Sr. Elías Wainkrantz Frydman, C.I. Nº 1:317.781-4;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) se intimó la eliminación de las anomalías existentes sin que se haya regularizado la situación; b) corresponde aplicar una multa de 44,5230 U.R., según lo que establece el numeral 12, literal A, inciso f, Art. 3º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y c) si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 días calendario se aplicará una multa de 59,3640 U.R.;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 2.478/00 del 17/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 44,5230 U.R. (cuarenta y cuatro unidades reajustables con cinco mil doscientas treinta diezmilésimas) al Sr. Elías Wainkrantz Frydman, C.I. Nº 1:317.781-4, propietario del inmueble empadronado con el Nº 3.574, sito en la calle Pérez Castellano Nos. 1301/05/07, con domicilio en la calle Cerrito Nº 184, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir al infractor que si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario se aplicará una multa de 59,3640 U.R. (cincuenta y nueve unidades reajustables con tres mil seiscientas cuarenta diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la Oficina Central de este Departamento, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo al infractor, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-