Resolución N° 6/04/4000
Nro de Expediente:
4711-004411-03
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
7/1/2004


Tema:
RESERVA DE ESPACIO PARA ESTACIONAMIENTO

Resumen:
Reserva de espacio solicita Atino S.A. en Cuareim Nos. 1664/66.-

Montevideo, 7 de Enero de 2004.-
 
        VISTO: la solicitud formulada por ATINO S.A., tendiente a obtener una reserva de espacio en la calle Cuareim frente a los Nos. 1664/66;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que puede accederse a lo solicitado, con carácter precario y revocable, en la calle Cuareim frente a los Nos. 1664/66 entre las calles Galicia y La Paz, en una longitud de 8 metros, de lunes a viernes de 08:00 a 18:30 horas, debiéndose abonar por concepto de señalamiento y previo al mismo la suma de 11 U.R., siendo la tarifa mensual de 16,64 U.R.;
        2º) que la interesada prestó conformidad con la tarifa dispuesta, según surge a fs. 8 del expediente Nº 4711-004411-03;
        CONSIDERANDO: 1°) que la División Tránsito y Transporte comparte lo expresado, en atención a lo previsto en el Art. R.424.111, numeral 6 del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Municipal;
        2°) que por Resolución Nº 2.465/00 del 17/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de conceder reservas de espacio en la vía pública para estacionamiento




        de vehículos o carga y descarga de mercaderías;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Conceder reserva de espacio a ATINO S.A., en la calle Cuareim frente a los Nos. 1664/66, entre las calles Galicia y La Paz, en una longitud de 8 (ocho) metros, de lunes a viernes de 08:00 a 18:30 horas.-
        2°.- Establecer que la misma tendrá carácter precario y revocable y se destinará exclusivamente para carga y descarga de mercaderías y estará sujeta al costo mensual de 16,6400 U.R. (dieciséis unidades reajustables con seis mil cuatrocientas diezmilésimas) debiendo abonar por concepto de señalamiento por única vez y previo al mismo, la suma de 11 U.R. (once unidades reajustables), ambas cifras se harán efectivas en el Servicio de Ingresos Comerciales.-
        3°.- La interesada deberá comunicar por escrito cuando no tenga interés en la reserva a los efectos del cese respectivo.-
        4º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para conocimiento de la autoridad local correspondiente, a los Servicios de Vigilancia y de Ingresos Comerciales y pase al Servicio de Ingeniería de Tránsito.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-