Resolución N° 633/05/4000
Nro de Expediente:
1001-014123-05
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
21/7/2005


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Autorizar organización Un Techo para Uruguay, uso Plaza Bandera, ubicada Bvar. Gral. Artigas y la Avda. Italia, para desarrollar muestra comunicacional "La casa en el aire" del 21/VII al 15/VIII/05.-

Montevideo, 21 de Julio de 2005.-
 
        VISTO: la solicitud de la organización "Un Techo para Uruguay", para que se le autorice el uso de la Plaza de la Bandera, ubicada en el Bvar. Gral. Artigas y la Avda. Italia, para desarrollar una muestra comunicacional "La casa en el aire" del 21/VII al 15/VIII/05;
        RESULTANDO: 1º) que la Junta Local de la Zona Nº 4 informa que: a) la solicitud es para la colocación de una casa prefabricada de madera sobre una columna de caño de hierro de 8 m.de alto, según planos adjuntos, en forma transitoria; b) la ubicación desde el punto de vista estético-paisajístico, es muy relevante y contrapuesto con el entorno , pero dado a que el motivo es la promoción mediática y que es con carácter temporal podría viabilizarse; c) la proponente deberá presentar un estado de responsabilidad por la estabilidad de la construcción firmada por un Arquitecto o Ingeniero Civil; d) concluido el plazo y retirada la estructura se deberá dejar en las mismas condiciones que se encontraba la zona afectada y e) se debería exigir un Seguro contra daños o accidentes contra terceros;
        2º) que la División Vialidad expresa que según informe que luce a fs. 22 de estas actuaciones del Servicio de Estudios y Proyectos Viales, sería necesario que una vez replanteado "in situ" la base de la cimentación se coordinará directamente con el mencionado Servicio a los efectos de verificar la compatibilidad con la documentación gráfica;
        3º) que el Servicio de Diseño y Dirección de Obras comparte lo expresado por la Junta Local actuante;
        4º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones no tiene objeciones que oponer a la solicitud planteada, condicionado a que la gestionante deberá: a) previo a la instalación de la estructura soporte de la casa: 1) cumplir con las áreas a ocupar, dimensiones de la estructura soporte de la casa a instalar de acuerdo al croquis agregado a estas actuaciones; 2) presentar un estado de responsabilidad por la estabilidad de la estructura firmada por un Arquitecto o Ingeniero Civil; 3) coordinar con el Servicio de Estudios y Proyectos Viales su ubicación, base de cimentación, a efectos de verificar la compatibilidad con la documentación gráfica agregada a estos obrados y que el emplazamiento de la columna donde se colocará la casa no tenga su fundación sobre el trazado del túnel de la Avda. 8 de Octubre; 4) contratar un seguro contra daños y accidentes contra terceros por un monto que cubra suficientemente los riesgos que tal estructura pueda producir; b) cumplir con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado, tomando todas las medidas necesarias para que no se ponga en riesgo la seguridad de los peatones y visitantes; c) cumplir con la fecha establecida precedentemente en cuanto a la utilización del espacio referido; d) mantener una vigilancia por el período solicitado y durante las 24 horas del día; e) todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en correctas condiciones de higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos y demás instalaciones del espacio, prohibiéndosele terminantemente hacer uso de árboles y ornamentos para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles y que los decibeles del equipo de amplificación sonora, en caso de utilizarse, deberán ajustarse a la normativa vigente y f) realizar las coordinaciones correspondientes con el Servicio Central de Inspección General;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.226/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar a la Directora de la organización "Un Techo para Uruguay", Sra. Alfonsina Almandoz, el uso de la Plaza de la Bandera, ubicada en el Bvar. Gral. Artigas y la Avda. Italia, para desarrollar una muestra comunicacional "La casa en el aire" del 21/VII al 15/VIII/05; condicionado a que la gestionante deberá: a) cumplir con las áreas a ocupar, dimensiones de la estructura soporte de la casa a instalar de acuerdo al croquis agregado a estas actuaciones; b) previo a la instalación de la estructura soporte de la casa: 1) presentar un estado de responsabilidad por la estabilidad de la estructura firmada por un Arquitecto o Ingeniero Civil; 2) coordinar con el Servicio de Estudios y Proyectos Viales su ubicación, base de cimentación, a efectos de verificar la compatibilidad con la documentación gráfica agregada a estos obrados y que el emplazamiento de la columna donde se colocará la casa no tenga su fundación sobre el trazado del túnel de la Avda. 8 de Octubre; 3) contratar un seguro contra daños y accidentes contra terceros por un monto que cubra suficientemente los riesgos que tal estructura pueda producir; c) cumplir con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado, tomando todas las medidas necesarias para que no se ponga en riesgo la seguridad de los peatones y visitantes; d) cumplir con la fecha establecida precedentemente en cuanto a la utilización del espacio referido; e) mantener una vigilancia por el período solicitado y durante las 24 horas del día; f) será responsable de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en correctas condiciones de higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos y demás instalaciones del espacio, prohibiéndosele terminantemente hacer uso de árboles y ornamentos para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles y que los decibeles del equipo de amplificación sonora, en caso de utilizarse, deberán ajustarse a la normativa vigente y g) realizar las coordinaciones correspondientes con el Servicio Central de Inspección General.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local de la Zona Nº 4, a la División Vialidad, a los Servicios de Diseño y Dirección de Obras y Central de Inspección General y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

SR. DANIEL ESPOSITO, Director General (I).-