Resolución N° 654/15/4000
Nro de Expediente:
4114-004670-15
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
24/11/2015


Tema:
IMPEDIR FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTO

Resumen:
Impedir el funcionamiento de los establecimientos destinados a depósito con frente a la calle Nueva Palmira Nº 1734 y pensión frente a los Nos. 1728/32 de la referida calle.

Montevideo, 24 de Noviembre de 2015.-
 
        VISTO: el derrumbe producido en un sector importante de las edificaciones existentes en el predio Padrón Nº 17.897;
        RESULTANDO: 1º) que el Sector Seguridad Edilicia del Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) existe grave riesgo de vida por el mal estado de las construcciones; b) aconseja impedir la actividad comercial de un depósito con frente a la calle Nueva Palmira Nº 1734 y una pensión frente a los Nos. 1728/32 de la referida calle y c) para el retiro de mercadería como de otras pertenencias, deberá realizarse bajo responsabilidad de Arquitecto o Ingeniero Civil;
        2º) que el mencionado Servicio comparte lo aconsejado;
        CONSIDERANDO: 1º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones entiende que corresponde proceder a la clausura impidiendo la actividad comercial;
        2º) que por Resolución Nº 3252/15 del 9/VII/15, el Sr. Intendente delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de impedir el funcionamiento de establecimientos comerciales e industriales cuando existieran fallas constructivas, etc., debidamente constatadas;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Impedir el funcionamiento de los establecimientos destinados a depósito con frente a la calle Nueva Palmira Nº 1734 y pensión frente a los Nos. 1728/32 de la referida calle.-
        2º.- Establecer que tanto el retiro de mercadería como de otras pertenencias, deberá realizarse bajo responsabilidad de Arquitecto o Ingeniero Civil, previa comunicación con el Sector Seguridad Edilicia del Servicio de Contralor de la Edificación.-
        2º.- Comuníquese al Municipio B y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 y pase por su orden a la Oficina Central de este Departamento para su transcripción al Servicio Central de Inspección General y al Servicio de Contralor de la Edificación.-

Arqta. Silvana Pissano, Directora General.-