Resolución N° 659/05/4000
Nro de Expediente:
4114-004716-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
28/7/2005


Tema:
RATIFICACIONES

Resumen:
Ratificar Decreto Nº 31.387, finca ruinosa 25 de Agosto Nº 492,Impresora Uruguaya Colombino S.A..-

Montevideo, 28 de Julio de 2005.-
 
        VISTO: la facultad otorgada a esta Intendencia Municipal por Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 31.387 del 30/VI/05 promulgado por Resolución Nº 3262/05 del 19/VII/05;
        RESULTANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que los motivos que originaron la correspondiente solicitud, mantienen su vigencia y oportunidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.218/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Declarar finca ruinosa las construcciones existentes en el predio empadronado con el Nº 3.096, sito con frente a la calle 25 de Agosto Nº 492, propiedad de Impresora Uruguaya Colombino S.A., al amparo del Decreto Nº 29.434.-
        2º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para conocimiento de la autoridad local correspondiente y pase al Servicio de Contralor de la Edificación.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-