Resolución N° 608/10/4000
Nro de Expediente:
0012-000133-10
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
28/10/2010


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Autorizar a los Sres. Sebastián Aguiar e Ignacio Carnikian el uso del espacio público ubicado en el Parque Rodó en el área de estacionamiento (ex-vía vehicular) paralelo a la Rambla en el sector que enfrenta los Clubes de Pesca, el día 31/X/10.-

Montevideo, 28 de Octubre de 2010.-
 
        VISTO: la solicitud de los Sres. Sebastián Aguiar e Ignacio Carnikian para que se le conceda el uso de las Canteras del Parque Rodó en el área de estacionamiento (ex-vía vehicular) paralelo a la Rambla en el sector que enfrenta los Clubes de Pesca, el día 31/X/10 de 09:00 a 18:00 horas, con motivo de realizar un encuentro de autos de 1/4 de Milla;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 y el Municipio B informan que no existe inconveniente en que se acceda a lo solicitado;
        2º) que el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño informa que no se entiende viable el área solicitada a fs. 6 del presente, por el deterioro que genera este tipo de actividad en los espacios parquizados; en tanto no se presentan objeciones para su autorización, en lo que compete a este Servicio, realizarlo en el área de estacionamiento (ex-vía vehicular) paralelo a la Rambla en el sector que enfrenta los Clubes de Pesca, recomendando el cumplimiento de los aspectos detallados a fs. 10 del expediente Nº 0012-000133-10;
        2º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones no tiene objeciones que oponer a la solicitud planteada, conforme a las condiciones detalladas a fs. 11 de estas actuaciones;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 4272/10 del 17/IX/10, la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras,



        de autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar a los Sres. Sebastián Aguiar e Ignacio Carnikian el uso del espacio público ubicado en el Parque Rodó en el área de estacionamiento (ex-vía vehicular) paralelo a la Rambla en el sector que enfrenta los Clubes de Pesca, el día 31/X/10 de 09:00 a 18:00 horas, con motivo de realizar un encuentro de autos de 1/4 de Milla, se condiciona a que el gestionante deberá: A) Cumplir: a) con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado, y al cumplimiento del horario fijado, tomando todas las medidas necesarias para que no se ponga en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los allí presentes, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; b) con la normativa ambiental vigente, debiendo tener un plan de gestión de residuos que abarque la actividad a desarrollar; c) con las condiciones que indica el Servicio de Planificación Gestión y Diseño en cuanto a no afectar pavimentos, elementos vegetales y todo otro equipamiento de la zona; permitir en todo momento, la libre circulación peatonal y vehicular, no generando entorpecimientos a la misma. B) Responsabilizarse: a) de todo deterioro que produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en el mismo estado en que lo recibe y en correctas condiciones de higiene, limpieza y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, césped, especies vegetales y demás instalaciones, tanto de superficie aéreas o subterráneas, prohibiéndose terminantemente hacer uso de árboles, columnas de alumbrado público u ornamentos para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles de cualquier tipo, no pudiendo instalar propaganda de clase alguna y que los decibeles del equipo de amplificación sonora en caso de utilizarse, deberá ajustarse a la normativa municipal vigente y b) de todas las consecuencias que se originen o deriven de la actividad a desarrollar, quedando la Intendencia exonerada de toda responsabilidad.- C) Efectuar las coordinaciones que correspondan con el Municipio B y el Servicio Central de Inspección General .-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Municipio B, al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 y al Servicio Central de Inspección General y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

ELEONORA BIANCHI CASERTA, Directora General.-