Resolución N° 605/15/4000
Nro de Expediente:
4130-002274-14
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
11/11/2015


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de 45 U.R. a Motenix S.A. (NETCOM) por no retirar los elementos publicitarios ubicados en la calle Uspallata Nº 1313 esquina Rbla. República de México

Montevideo, 11 de Noviembre de 2015.-
 
        VISTO: los elementos publicitarios instalados por Motenix S.A. en la calle Uspallata Nº 1313 esquina la Rbla. República de México, propiedad de Obramás S.A.;
        RESULTANDO: 1º) la Unidad de Contralor de la Publicidad, Señalética y Comunicación manifiesta que: el 19/VIII/15 se solicitó a la empresa instaladora y a la propietaria el retiro de los citados elementos, uno de tipo independiente instalado dentro del predio y el otro instalado sobre la valla que invade parte de la vereda, ya que no cumplen con la normativa vigente, para lo cual se otorgó un plazo de 20 días;
        2º) que con fecha 14/X/15 la citada Unidad informa que; a) la situación se mantiene incambiada por lo que correspondería aplicar una multa de 45 U.R., que de acuerdo con el Art. D.2425.36, Capítulo II del Título III del Volumen X del Digesto, serán solidariamente responsables los propietarios del edificio y la empresa instaladora y b) fueron generadas actuaciones por parte del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 7, aplicando sanción a la propietaria del predio;
        3º) que se ha notificado de la multa a aplicarse, según consta a fs. 33 y 34 de estas actuaciones, habiendo presentado descargos que no fueron de recibo;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3248/15 del 9/VII/15, el Sr. Intendente de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de




        aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 45 U.R. (cuarenta y cinco unidades reajustables) a Motenix S.A., RUT 214233810016, con domicilio en Plaza Independencia Nº 759, Piso 4, por no retirar los elementos publicitarios ubicados en la calle Uspallata Nº 1313 esquina la Rbla. República de México, de acuerdo con lo establecido en el Art. D.2425.34, Capítulo II del Título III del Volumen X del Digesto y lo dispuesto por Decreto Nº 33.071 del 10/IX/09.-
        2º.- Comuníquese a la División Espacios Públicos y Edificaciones, a la Unidad de Contralor de la Publicidad, Señalética y Comunicación y pase al Servicio de Planificación, Gestión y Diseño.-

Arqta. Silvana Pissano, Directora General.-