Resolución N° 712/04/4000
Nro de Expediente:
4701-012458-04
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
8/7/2004


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Asociación Uruguaya de Volantes solicitan uso explanada del Teatro de Verano el 11/VII/04.-

Montevideo, 8 de Julio de 2004.-
 
        VISTO: la solicitud de la Asociación Uruguaya de Volantes para que se le conceda el uso de la explanada del Teatro de Verano para realizar el parque cerrado de la 4ta Fecha de los Campeonatos Nacionales de Velocidad en Pista y la presencia de 2 inspectores de tránsito en moto, el 10/VII/04 a partir de las 12:00 horas hasta las 17:00 horas;
        RESULTANDO: 1º) que la Junta Local de la Zona Nº 2 no tiene inconveniente en acceder a lo solicitado;
        2º) que las Divisiones Tránsito y Transporte y Espacios Públicos y Edificaciones informan que los interesados deberán: a) contratar funcionarios de acuerdo al Decreto Nº 23.857, b) cumplir las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado; c) responsabilizarse de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en el mismo estado en que lo recibe y en correctas condiciones de higiene y mantenimiento y d) realizar las coordinaciones correspondientes con el Servicio Central de Inspección General;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 2.465/00 del 17/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar a la Asociación Uruguaya de Volantes el uso de la explanada del Teatro de Verano para realizar el parque cerrado para la realización de la 4ta. Fecha de los Campeonatos Nacionales de Velocidad en Pista, el 10/VII/04, a partir de las 12.00 horas y hasta las 17:00 horas, condicionado a que deberán: a) contratar funcionarios de acuerdo al Decreto Nº 23.857; b) cumplir las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado; c) responsabilizarse de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en el mismo estado en que lo recibe y en correctas condiciones de higiene y mantenimiento y d) realizar las coordinaciones correspondientes con el Servicio Central de Inspección General.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local de la Zona Nº 2 y al Servicio Central de Inspección General y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-