Resolución N° 597/00/4000
Nro de Expediente:
4711-001023-00
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
15/5/2000


Tema:
RESERVA DE ESPACIO PARA ESTACIONAMIENTO

Resumen:
Reserva de espacio a La Opera S.A. ampliación de horario.-

Montevideo, 15 de Mayo de 2000.-
 
        VISTO: la solicitud formulada por La Opera S.A., tendiente a obtener la ampliación del horario de la reserva de espacio para estacionamiento de vehículos en la calle Juan Carlos Gómez frente al Nº 1332;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que: a) por Resolución Nº 10/94 del 9II/94 se concedió reserva en la acera Este de la calle Juan Carlos Gómez Nº 1332, entre las calles Sarandí y Buenos Aires, en una longitud de 7 metros, de lunes a viernes de 09:00 a 19:00 horas, b) puede accederse a lo solicitado, con carácter precario y revocable en el horario de 10:00 a 20:00 horas;
        2°) que la interesada prestó conformidad con la tarifa dispuesta, según surge a fs. 4 vta. del expediente Nº 4711-001023-00;
        CONSIDERANDO: 1°) que la División Tránsito y Transporte comparte lo expresado, en atención a lo previsto en el Art. R.424.111, numeral 6 del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Municipal,;
        2°) que por Resolución Nº 583/95 del 20/II/95, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de conceder reservas de espacio en la vía pública para estacionamiento de vehículos o carga y descarga de mercaderías;


        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 10/94 del 9II/94.-
        2º.- Conceder reserva de espacio para el estacionamiento de vehículos a La Opera S.A., junto a la acera Este de la calle Juan Carlos Gómez, frente al Nº 1332 entre las calles Sarandí y Buenos Aires, en una extensión de 7 (siete) metros, de lunes a viernes de 10:00 a 20:00 horas.-
        3°.- La misma tendrá carácter precario y revocable y se destinará exclusivamente para carga y descarga de mercaderías y estará sujeta al costo mensual de 14 U.R. (catorce unidades reajustables) dicha suma se hará efectiva en el Servicio de Ingresos Comerciales.-
        4°.- La interesada deberá comunicar por escrito cuando no tenga interés en la reserva a los efectos del cese respectivo.-
        5º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para conocimiento de la autoridad local correspondiente, a los Servicios de Vigilancia y de Ingresos Comerciales y pase al Servicio de Ingeniería de Tránsito.-

ING. ALBERTO ORTEGA, Director General.-