Resolución N° 655/06/4000
Nro de Expediente:
3260-005431-06
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
3/8/2006


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Autorizar a la Asociación de Propietarios de Vehículos de Carga, el uso del estacionamiento de Kibon, para la instalación de una Carpa los días 4, 5 y 6 de VIII/2006.-

Montevideo, 3 de Agosto de 2006.-
 
        VISTO: la solicitud de la Asociación de Propietarios de Vehículos de Carga para que se le conceda el uso del estacionamiento de Kibon para la instalación de una carpa de acuerdo a las dimensiones y características que luce a fs.1 de estas actuaciones, los días 4, 5, y 6 de VIII/06, con motivo de realizar un brindis por los 100 años de la Asociación;
        RESULTANDO: 1º) que la Junta Local de la Zona Nº 5 y la Comisión de Urbanismo de dicha zona prestan su conformidad, se deberá tener en cuenta las sugerencias del Asesor Arqto. Roberto Peluffo en lo concerniente a la seguridad estructural e incendios, se le pedirá como contraprestación por el uso del Espacio Público $10.000,oo en medicamentos para la policlínica de la zona, de acuerdo al listado que se entregará;
        2º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones no tiene objeciones que oponer a la solicitud planteada, responsabilizándose a la solicitante de: a) cumplir con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado; b) presentar ante el Centro Comunal Zonal de la Zona Nº 5 un estado de responsabilidad por la estabilidad de la estructura de la carpa firmada por un Arqto. o Ing. Civil; c) contar con medidas de prevención y defensa contra incendios; d) responsabilizándose de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público como consecuencia del acto programado, debiendo restituirlo en correctas condiciones de higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, especies vegetales, césped y demás instalaciones del espacio; e) no utilizar los ornamentos vegetales como sostén de equipo sonoro u otros elementos; f) en caso de utilizar equipo de amplificación, los decibeles deberán ajustarse a la normativa vigente y g) aportar como concepto de contraprestación por el uso del espacio la suma de $10.000 (diez mil pesos) en medicamentos para la policlínica de la zona, de acuerdo a un listado que la Junta Local de la Zona Nº 5 pondrá en su conocimiento, debiendo hacer la entrega de los mismos en el lugar que se le indique, todo lo cual coordinará con dicha Junta; h) realizar las coordinaciones correspondientes con el Servicio Central de Inspección General;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.226/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar a la Asociación de Propietarios de Vehículos de Carga el uso del estacionamiento de Kibon para la instalación de una carpa de acuerdo a las dimensiones y características que luce a fs.1 de estas actuaciones, los días 4,5, y 6 de VIII/2006, con motivo de realizar un brindis por los 100 años de la Asociación, condicionado a que: a) deberá cumplir con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado; b) presentará ante el Servicio Centro Comunal Zonal de la Zona Nº 5 un estado de responsabilidad por la estabilidad de la estructura de la carpa firmada por un Arqto. o Ing. Civil; c) deberá contar con medidas de prevención y defensa contra incendios; d) será responsable de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público como consecuencia del acto programado, debiendo restituirlo en correctas condiciones de higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, especies vegetales, césped y demás instalaciones del espacio; e) no podrá utilizar los ornamentos vegetales como sostén de equipo sonoro u otros elementos; f) en caso de utilizar equipo de amplificación, los decibeles deberán ajustarse a la normativa vigente y g) deberá aportar como concepto de contraprestación por el uso del espacio público la suma de $10.000,oo (diez mil pesos uruguayos) en medicamentos para la policlínica de la zona, de acuerdo a un listado que la Junta Local de la Zona Nº5 pondrá en su conocimiento, debiendo hacer la entrega de los mismos en el lugar que se le indique, todo lo cual coordinará con dicha Junta; h) deberán realizar las coordinaciones correspondientes con el Servicio Central de Inspección General.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local de la Zona Nº 5 y al Servicio Central de Inspección General y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-