Resolución N° 632/06/4000
Nro de Expediente:
4755-002906-06
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
14/7/2006


Tema:
TRANSITO PREFERENCIAL Y FLECHAMIENTO

Resumen:
Dejar sin efecto el sentido único de circulación dispuesto en el Digesto Municipal del año 1958 de la calle Ignacio Rivas entre Cno. Ariel y Avda. Sayago.-

Montevideo, 14 de Julio de 2006.-
 
        VISTO: la solicitud planteada por la Sección Planificación y Radar del Servicio de Vigilancia tendientes a habilitar la circulación en ambos sentidos a la calle Ignacio Rivas;
        RESULTANDO: 1°) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que: a) debido a las obras de ensanche de Bvar. José Batlle y Ordóñez, en la intersección con Avda. Sayago se encuentra cerrado el tránsito; b) a pocos metros se encuentra la calle Ignacio Rivas, flechada desde Ariel hacia y hasta Bvar. José Batlle y Ordóñez, que en razón de las obras, y que ya no es utilizada por el transporte colectivo, entendiendo que podría ser habilitada la circulación en ambos sentidos;
        2º) que la División Tránsito y Transporte comparte lo expresado por el Servicio competente;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.226/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de establecer sentido único de circulación en la vía pública;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Establecer doble sentido de circulación de la calle Ignacio Rivas entre Cno. Ariel y Avda. Sayago.-
        2º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para conocimiento de la autoridad local competente, al Banco de Seguros del Estado, a los Servicios de Prensa, Comunicación y Relaciones Públicas de Vigilancia y pase al Servicio de Ingeniería de Tránsito.-

SR. DANIEL ESPOSITO, Director General (I).-