Resolución N° 641/08/4000
Nro de Expediente:
4100-001006-08
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
26/9/2008


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Autorizar a República AFAP, el uso de varios espacios públicos, para realizar actividades culturales, de acuerdo al siguiente detalle:Explanada de Kibon, el día 27/IX/08, a partir de las 16:00 horas; Avda. Bolivia y la calle Verona (Parque Rivera) el día 11/X/08 y Parque Batlle alrededor del Velódromo Municipal los días 17 y 18/X/08.-

Montevideo, 26 de Setiembre de 2008.-
 
        VISTO: la solicitud de República AFAP, para que se le conceda el uso de varios espacios públicos, para realizar actividades culturales, de acuerdo al detalle que luce a fs. 1 de estas actuaciones;
        RESULTANDO: 1º) que las Juntas Locales de las Zonas prestan su conformidad;
        2º) que la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones no tiene objeciones que oponer a la solicitud planteada, condicionado a que la gestionante deberá: a) cumplir con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado y al cumplimiento del horario fijado, tomando todas las medidas necesarias para que no se ponga en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los allí presentes, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; b) responsabilizarse de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en el mismo estado en que lo recibe y en correctas condiciones de limpieza, higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, especies vegetales, césped y demás instalaciones, tanto de superficie aéreo o subterráneo; prohibiéndosele terminantemente hacer uso de árboles u ornamentos para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles y que los decibeles del equipo de amplificación sonora en caso de utilizarse, deberán ajustarse a la normativa vigente; c) tomar todas las medidas necesarias para una circulación peatonal segura en la zona sonde se realiza el evento y d) efectuar las coordinaciones correspondientes con los Servicios Central de Inspección General y Centros Comunales Zonales;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.226/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar a República AFAP, el uso de varios espacios públicos, para realizar actividades culturales, de acuerdo al siguiente detalle:
        Explanada de Kibon, el día 27/IX/08, a partir de las 16:00 horas;
        Avda. Bolivia y la calle Verona (Parque Rivera) el día 11/X/08 y
        Parque Batlle alrededor del Velódromo Municipal los días 17 y 18/X/08; condicionado a que la gestionante deberá: a) cumplir con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado y al cumplimiento del horario fijado, tomando todas las medidas necesarias para que no se ponga en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los allí presentes, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; b) responsabilizarse de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en el mismo estado en que lo recibe y en correctas condiciones de limpieza, higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, especies vegetales, césped y demás instalaciones, tanto de superficie aéreo o subterráneo; prohibiéndosele terminantemente hacer uso de árboles u ornamentos para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles y que los decibeles del equipo de amplificación sonora en caso de utilizarse, deberán ajustarse a la normativa vigente; c) tomar todas las medidas necesarias para una circulación peatonal segura en la zona sonde se realiza el evento y d) efectuar las coordinaciones correspondientes con los Servicios Central de Inspección General y Centros Comunales Zonales.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización, para conocimiento de las autoridades locales correspondientes y al Servicio Central de Inspección General y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General .-