Resolución N° 615/09/4000
Nro de Expediente:
3320-005646-09
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
15/10/2009


Tema:
ACTIVIDADES EN VIAS DE TRANSITO

Resumen:
Autorizar a Perrin la realización de la 4ra. Edición de la carrera pedestre "7 k Perrin", el día 18/X/009.-

Montevideo, 15 de Octubre de 2009.-
 
        VISTO: la solicitud de Perrin para que se le conceda autorización para realizar la 4ta. Edición de la carrera pedestre "7 k Perrin", el día 18/X/09 de acuerdo al recorrido que luce a fs. 2 del expediente N° 3320-005646-09;
        RESULTANDO: 1º) que la Secretaría de Educación Física, Deportes y Recreación avala dicha solicitud;
        2°) que la Junta Local de la Zona N° 10 tomó conocimiento;
        3º) que el Servicio de Vigilancia no tiene inconvenientes en acceder a lo solicitado, debiendo los interesados utilizar media calzada se deberá balizar y señalizar los cruces debidamente y contratar Inspectores de Tránsito según Decreto N° 23.857;
        4º) que la División Tránsito y Transporte presta su conformidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3226/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la realización de competencias deportivas y procesiones religiosas en la vía pública;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar a Perrin la realización de la 4ta. Edición de la carrera pedestre "7 k Perrin", el día 18/X/009, por las siguientes vías: salida de la planta de Perrin, tomando por la Avda. Don Pedro de Mendoza a la izquierda, (en sentido opuesto a lo que sería el tránsito) y circulando 800 mts.; hasta Cno. Altair, Cno. de los Granjeros, donde se dobla a la izquierda, recorriéndose 400 mts. hasta llegar a la Avda. Don Pedro de Mendoza donde se dobla a la izquierda y se circulan 100 mts. hasta la entrada de Perrin, condicionado a que los interesados deberán utilizar media calzada, balizar y señalizar los cruces debidamente y contratar Inspectores de Tránsito según Decreto N° 23.857.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local de la Zona N° 10, al Servicio de Vigilancia y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-