Resolución N° 652/05/4000
Nro de Expediente:
4740-023377-05
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
28/7/2005


Tema:
RESERVA DE ESPACIO PARA ESTACIONAMIENTO

Resumen:
Reserva espacio Consultorio de Oncología y Radioterapia (COR), Soriano Nº 1171.-

Montevideo, 28 de Julio de 2005.-
 
        VISTO: la solicitud formulada por el Consultorio de Oncología y Radioterapia (COR) a fin de obtener una reducción en el horario y en la extensión de la reserva de espacio que usufructúa en la calle Soriano Nº 1171;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que: a) por Resolución Nº 1574/96 del 29/X/96 se le concedió dicha reserva en una longitud de 18 metros para su uso de lunes a viernes de 9:00 a 20:00 horas y b) puede accederse a lo solicitado, reduciendo el espacio a 9 metros y en el horario de 8:00 a 18:00 horas, debiendo abonar una tarifa mensual de 18 U.R. y por concepto de señalamiento y por única vez 1,29 U.R.;
        2°) que la División Tránsito y Transporte comparte lo expresado, en atención a lo previsto en el Art. R.424.111, numeral 8 del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Municipal;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.226/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de conceder reservas de espacio en la vía pública para estacionamiento de vehículos o carga y descarga de mercaderías;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 1574/96 del 29/X/96.-
        2º.- Conceder reserva de espacio para el estacionamiento de vehículos al Consultorio de Oncología y Radioterapia (COR), en la calle Soriano Nº 1171, entre las calles Héctor Gutiérrez Ruiz y Zelmar Michelini, en una longitud de 9 (nueve) metros, para su uso de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas.-
        3°.- Establecer que la misma tendrá carácter precario y revocable y se destinará exclusivamente para el estacionamiento de vehículos de emergencia y estará sujeta al costo mensual de 18 U.R. (dieciocho unidades reajustables) debiendo abonar por concepto de señalamiento por única vez y previo al mismo, la suma de 1,2900 U.R. (una unidad reajustable con dos mil novecientas diezmilésimas).-
        4°.- La interesada deberá comunicar por escrito cuando no tenga interés en la reserva a los efectos del cese respectivo.-
        5º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para conocimiento de la autoridad local correspondiente, a los Servicios de Vigilancia y de Ingresos Comerciales y pase al Servicio de Ingeniería de Tránsito.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-