Resolución N° 619/10/4000
Nro de Expediente:
4001-004036-10 3240-010534-10
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
4/11/2010


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Autorizar a la Iglesia Pentecostal "Jesús es mi Salvador" el uso de la Plaza 1º de Mayo, sita en Avda. Gral. Flores entre las calles Yatay y Batoví y Avda. de las Leyes, el día 6/XI/10 de 15:00 a 17:00 horas, con motivo de instalar un escenario para realizar una presentación del primer Coro Gospel.-

Montevideo, 4 de Noviembre de 2010.-
 
        VISTO: la solicitud de la Iglesia Pentecostal "Jesús es mi Salvador" para que se le conceda el uso de la Plaza 1º de Mayo, sita en Avda. Gral. Flores entre las calles Yatay y Batoví y Avda. de las Leyes, el día 6/XI/10 de 15:00 a 17:00 horas, con motivo de instalar un escenario para realizar una presentación del primer Coro Gospel;
        RESULTANDO: 1º) que el Consejo Vecinal Zonal 3 y el Municipio C prestan su conformidad;
        2º) que el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño informa que no se presentan objeciones para su autorización, recomendando el cumplimiento de los aspectos detallados a fs. 4 del expediente Nº 4001-004036-10;
        3º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones no tiene objeciones que oponer a la solicitud planteada, conforme a las condiciones detalladas a fs. 7 de estas actuaciones;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 4272/10 del 17/IX/10, la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar a la Iglesia Pentecostal "Jesús es mi Salvador" el uso de la Plaza 1º de Mayo, sita en Avda. Gral. Flores entre las calles Yatay y Batoví y Avda. de las Leyes, el día 6/XI/10 de 15:00 a 17:00 horas, con motivo de instalar un escenario para realizar una presentación del primer Coro Gospel, se condiciona que la gestionante deberá: A) Cumplir: a) con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado y al cumplimiento del horario fijado, tomando todas las medidas necesarias para que no se ponga en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los allí presentes, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; b) con la normativa ambiental vigente, debiendo tener un plan de gestión de residuos que abarque la actividad a desarrollar; c) con las condiciones que indica el Servicio de Planificación Gestión y Diseño, que luce a fs. 4 en cuanto a: 1) no afectar pavimentos y/o equipamiento general de la misma mediante pinturas o pegamentos, ni perforar el pavimento en ninguna de sus variantes; 2) no afectar la libre circulación de peatones que concurren a la plaza; 3) no se permite cartelería u otro tipo de elementos publicitarios fuera del sector asignado; 4) no se permite en ningún momento acceder con vehículos cualesquiera sea su tipo, particularmente en el montaje y retiro de las estructuras del evento, sobre las aceras. B) Responsabilizarse: a) de todo deterioro que produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en el mismo estado en que lo recibe y en correctas condiciones de higiene, limpieza y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, césped, especies vegetales y demás instalaciones, tanto de superficie aéreas o subterráneas, prohibiéndose terminantemente hacer uso de árboles, columnas de alumbrado público u ornamentos para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles de cualquier tipo, no pudiendo instalar propaganda de clase alguna y que los decibeles del equipo de amplificación sonora en caso de utilizarse, deberá ajustarse a la normativa municipal vigente y b) de todas las consecuencias que se originen o deriven de la actividad a desarrollar, quedando la Intendencia exonerada de toda responsabilidad.- C) Efectuar las coordinaciones que correspondan con el Municipio C y el Servicio Central de Inspección General .-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Municipio C, al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 y al Servicio Central de Inspección General y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

ELEONORA BIANCHI CASERTA, Directora General.-