Resolución N° 645/99/4000
Nro de Expediente:
4117-004433-97
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
15/4/1999


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar multa 24,4876, Sres. Darwin y Elmer Charamelo, C.I. 1:703.838-5 y 1:119.026-8, las construcciones pendientes de regularización, la Avda. José Belloni Nº 5061.-

Montevideo, 15 de Abril de 1999.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las construcciones pendientes de regularización en el inmueble sito en la Avda. José Belloni Nº 5061, propiedad de los Sres. Darwin y Elmer Charamelo, C.I. 1:703.838-5 y 1:119.026-8;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de Edificaciones informa que: a) corresponde aplicar una multa de 24,4876 U.R., según lo que establece el Art. 15º, literal C, numeral 2 y los Arts. 21º y 22º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y b) si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 120 días calendario se aplicará una multa de 32,6502 U.R.;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 581/95 del 20/II/95, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 24,4876 U.R. (veinticuatro unidades reajustables con cuatro mil ochocientas setenta y seis diezmilésimas) a los Sres. Darwin y Elmer Charamelo, C.I. 1:703.838-5 y 1:119.026-8, propietarios del inmueble sito en la Avda. José Belloni Nº 5061, con domicilio en el Nº 5057 de la misma vía de tránsito, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir a los infractores que si no dan cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 120 (ciento veinte) días calendario se aplicará una multa de 32,6502 U.R. (treinta y dos unidades reajustables con seis mil quinientas dos diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio de Gestión de Cobro de Morosos y pase a la División Espacios Públicos y Edificaciones, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo a los infractores, advirtiéndoles que disponen de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

Ing. ALBERTO ORTEGA, Director General .-