Resolución N° 678/06/4000
Nro de Expediente:
4149-002423-04
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
4/8/2006


Tema:
RATIFICACIONES

Resumen:
Ratificar Decreto N° 31.752 Enajenar al Fondo Social de Vivienda para Trabajadores de la Industria Gráfica - Grupo 36, la fracción N° 1 del Padrón N° 8.493.-

Montevideo, 4 de Agosto de 2006.-
 
        VISTO: la facultad otorgada a esta Intendencia Municipal por Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 31.752 del 29/VI/06 promulgado por Resolución N° 2461/06 del 17/VII/06;
        RESULTANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que los motivos que originaron la Resolución Nº 1259/06 del 18/IV/06, mantienen su vigencia y oportunidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.218/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Enajenar al Fondo Social de Vivienda para Trabajadores de la Industria Gráfica - Grupo 36, el predio señalado con la Fracción Nº 1 del Padrón Nº 8.493 (actualmente Padrón Nº 420.380), sito con frente a la Avda. Gonzalo Ramírez casi la calle Zelmar Michelini, según plano de mensura y fraccionamiento del Ing. Agrim. Enrique Arzuaga, que luce a fs. 4 del expediente Nº 4149-002423-04.-
        2°.- Establecer como precio de enajenación la suma de 5.297,3076 U.R. (cinco mil doscientas noventa y siete unidades reajustables con tres mil setenta y seis diezmilésimas) que será vertido a la cuenta extrapresupuestal de Cartera de Tierras, siendo su forma de pago las condiciones previstas por la Reglamentación aprobada por Resolución de la Intendencia Municipal N° 2.791/94 del 19/VIII/94.-
        3°.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para conocimiento de la autoridad local correspondiente.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-