Resolución N° 622/03/4000
Nro de Expediente:
4113-005795-01
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
30/6/2003


Tema:
MULTAS

Resumen:
Multa de 17.8092 U.R. al Sr. Eduardo Sánchez por obras sin permiso en Capitán Videla Nº 3036.-

Montevideo, 30 de Junio de 2003.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las obras sin permiso comprobadas en el inmueble empadronado con el Nº 153.981 sito en la calle Capitán Videla Nº 3036, propiedad del Sr. Eduardo Daniel Sánchez Sánchez C.I. Nº 2:514.324-5;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que corresponde aplicar una multa de 17,8092 U.R., según lo que establece el literal a, numeral 2 del Artículo 15º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 2.478/00 del 17/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 17,8092 U.R. (diecisiete unidades reajustables con ocho mil noventa y dos diezmilésimas) al Sr. Eduardo Daniel Sánchez Sánchez C.I. Nº 2:514.324-5, propietario del inmueble empadronado con el Nº 153.981, sito en la sito en la calle Capitán Videla Nº 3036, con domicilio en el mismo, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la Oficina Central de este Departamento, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo al infractor, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-