Resolución N° 5554/22
Nro de Expediente:
2022-8014-98-000429
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
29/12/2022


Tema:
VARIOS

Resumen:
REGLAMENTO - APROBAR EL REGLAMENTO GENERAL QUE REGIRÁ EL CONCURSO DEL DESFILE OFICIAL DE AGRUPACIONES CARNAVALESCAS 2023.-

Montevideo, 29 de Diciembre de 2022.-
 

                         VISTO: estas actuaciones relacionadas con el Concurso del Desfile Oficial de Agrupaciones Carnavalescas 2023;

                         RESULTANDO:       1o.) que la Gerencia de Festejos y Espectáculos remite el proyecto de reglamento general que lo regirá, que comprende además la escala de premios a otorgar;

                                                            2o.) que enviado para el control jurídico formal, la Asesora Legal del Departamento de Cultura le realiza una serie de observaciones que se recogen en el texto definitivo que se eleva para su aprobación;

                         CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Cultura se manifiesta de conformidad;

LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- Aprobar el Reglamento General que regirá el Concurso del Desfile Oficial de Agrupaciones Carnavalescas 2023 y establecer la escala de premios, que se transcribe:

Reglamento del Concurso del Desfile Oficial de Agrupaciones Carnavalescas 2023

Articulo 1o - El Desfile inaugural del Carnaval 2023 se realizará el día 19 de enero de 2023 por la Avenida 18 de Julio desde Plaza Independencia hasta Plaza Cagancha. En el desfile concursarán todos aquellos conjuntos que estén habilitados a participar en el Concurso Oficial de Agrupaciones del año 2023.

Artículo 2o - La Gerencia de Festejos y Espectáculos, podrá autorizar la presencia de otros conjuntos invitados que no participen en el Concurso de Agrupaciones y que deberán cumplir con las siguientes condiciones:

a) Desfilarán previamente a la hora de inicio del concurso del desfile oficial que se inicia con el carro alegórico de la Intendencia de Montevideo (en adelante IdM) y podrán hacerlo en otros horarios siempre que sea debidamente estipulado. No intervendrán en la disputa de los premios que se otorgarán en el mencionado concurso.

b) Deberán presentar y fundamentar ante la Gerencia de Festejos y Espectáculos de la IdeM, su propuesta para el desfile, con una anterioridad de 10 ( diez) días a la fecha de realización del evento.

La Gerencia de Festejos y Espectáculos considerará dicha propuesta para la participación de los conjuntos, los que no podrán exceder el número de 10 (diez).

Artículo 3o - a) Los conjuntos de las categorías de Humoristas, Murgas, Parodistas y Revistas, podrán desfilar con todos los integrantes que estén registrados para el Concurso Oficial. En el caso de la Categoría Sociedad de Negros y Lubolos se deberá cumplir con los mínimos y máximos exigidos para el Desfile de Llamadas.

b) La actuación de las agrupaciones durante el desarrollo del desfile se efectuará a pie y solo se permitirá el uso de hasta dos vehículos que se integren plena y armónicamente al espectáculo y que resulten apoyaturas estéticas al conjunto, pudiendo contener publicidad. No se permitirá arrojar elementos publicitarios o comestibles hacia el público. De existir, los mismos deberán ser entregados de mano en mano.

c) No se permitirá el posicionamiento en el punto de partida a aquellos vehículos que no cumplan con lo estipulado en el literal anterior o que no se encuentren en buenas condiciones mecánicas. Por la seguridad, sobre todo de los/as niños/as, se sugiere incorporar alguna protección para las ruedas.

d) No se permitirá el uso de vehículos con chatas, ni remolques, ni de doble eje, ni tracción a sangre.

e) De no atender los conjuntos estas disposiciones no se autorizará su marcha, quedando inhabilitados para participar en el desfile. Se hace especial mención a las aptitudes de los conductores de los vehículos, quienes se someterán a la prueba espirométrica.

f) La publicidad de los conjuntos se deberá expresar a través de estructuras que se adecuen a la estética global del espectáculo. Se autorizará solamente cuatro (4) pasacalles identificatorios por conjunto, uno de los cuales obligatoriamente se ubicará al final marcando de esta forma claramente el cierre de su paso y que los componentes acreditados por cada agrupación desfilarán entre el primer y último pasacalle. Los pasacalles no podrán exceder los 10 mts. de largo por 1.40 mts. de alto. Las personas acreditadas y debidamente identificadas con el conjunto que representan, no podrán ser más de cincuenta (50) en total (banderas y porta carteles o pasacalles), los mismos se harán cargo de la propaganda manteniendo la estética y el espíritu de alegría del desfile.

g) La creatividad y originalidad de la publicidad será tenida en cuenta por el jurado actuante en el rubro 4 "creatividad al servicio del espectáculo".

h) Se aplicarán las sanciones previstas en el artículo 12, literales a, b, c, d, e; que corresponden a la violación de estas disposiciones reglamentarias.

Artículo 4o - Cada agrupación podrá contar con hasta cuatro (4) supervisores/as que colaboren en el mejor desarrollo del desfile, a excepción de la categoría de Sociedad de Negros y Lubolos que podrá contar con hasta diez (10). Los/as supervisores/as deberán estar debidamente identificados/as con la acreditación del color estipulado manteniendo en su indumentaria la estética del conjunto pero sin ningún tipo de publicidad. Los/as Directores/as Responsables de los conjuntos habilitados para desfilar, deberán presentarse cuatro (4) días antes de la fecha fijada para la realización del Desfile Inaugural, en las oficinas de la Gerencia de Festejos y Espectáculos, para retirar las acreditaciones correspondientes, pudiendo presentar además, su propuesta de desfile que le será entregada al jurado como apoyo para su labor.

Artículo 5o - Las agrupaciones deberán cumplir la totalidad del recorrido fijado, realizando la presentación en los corrales aledaños a la Plaza Independencia para la formación de las agrupaciones y realizando el trayecto desde el inicio de la Avenida 18 de Julio hasta la Plaza Cagancha, donde se ubicará el escenario de cierre del desfile. Los conjuntos recibirán oportunamente un Plan de Salida, con un diagrama de lo expresado anteriormente y los horarios establecidos. No obstante el horario de largada establecido, cada agrupación está a disposición de las necesidades horarias que la organización establezca, pudiendo autorizarse su largada en un horario anterior o posterior si la adecuada fluidez del evento lo requiere. El/la Director/a Responsable deberá firmar una planilla en el momento de ubicarse. En caso de constatarse un atraso en el horario de ubicación, el conjunto será sancionado en el puntaje total del desfile, restándose un (1) punto por cada minuto de atraso. Si el atraso fuera mayor de quince (15) minutos, el conjunto quedará automáticamente eliminado del desfile; así como de las Festividades de Carnaval, incluido el Concurso Oficial de Agrupaciones Carnavalescas. El desarrollo del desfile será responsabilidad de un/a Coordinador/a de apertura designado/a por la Gerencia de Festejos y Espectáculos, que actuará conjuntamente con un/a representante designado/a por Directores Asociados de Espectáculos Carnavalescos Populares del Uruguay (en adelante DAECPU), los/las que ante cualquier irregularidad procederán a levantar un acta que firmarán conjuntamente. El/la Coordinador/a de apertura tendrá una planilla en la cual registrará el horario de largada de cada conjunto. La misma deberá ser firmada por los/las Directores/as Responsables de cada agrupación y una vez finalizado el desfile le será entregada al/la Presidente del Jurado. Cada agrupación dispondrá de un tiempo máximo de 40 minutos para cumplir con la totalidad del recorrido fijado para el desfile, incluida la presentación en el escenario de cierre que no podrá exceder de 5 minutos de actuación. Los tiempos del recorrido del desfile se cronometrarán desde la salida del/la primer/a componente de la agrupación hasta la llegada del/la último/a integrante de la misma. Para el control final del desfile, se aplicará el siguiente criterio:

En el caso de las MURGAS, se firmará la planilla de control horario al descender del escenario de cierre el último/a componente.

En el caso de las SOCIEDADES DE NEGROS Y LUBOLOS, se firmará la planilla de control horario al pasar el último componente por el puesto de control marcado al final del desfile.

En el caso de HUMORISTAS, PARODISTAS Y REVISTAS, la firma se realizará en el puesto de control marcado al final del desfile, luego de retirado el último componente del conjunto del espacio escénico delimitado (calle y/o escenario).

En la llegada se encontrará un/a coordinador/a de cierre del desfile nombrado/a por la Gerencia de Festejos y Espectáculos, que actuará conjuntamente con un/a delegado/a designado/a por DAECPU para organizar y dirigir las rutas de salida de los participantes de modo que no se produzca entorpecimiento en el desarrollo de quienes van culminando su participación. El/la coordinador/a de cierre tendrá una planilla donde registrará el horario de llegada de las agrupaciones. Dicha planilla, que también deberá ser firmada por los/las Directores/as Responsables de los conjuntos, será entregada al/la presidente del jurado a fin de cotejar con la Planilla de Largada a fin de constatar los tiempos totales desarrollados por las diferentes agrupaciones. De existir atrasos en los tiempos establecidos, los conjuntos serán sancionados en el puntaje total del desfile, restándose un (1) punto por cada minuto de atraso. Si el atraso fuera mayor de quince (15) minutos el conjunto sancionado no podrá acceder a ninguno de los premios que se otorgarán en este desfile. Queda establecido que estas sanciones se aplicarán sobre el tiempo total determinado para que los conjuntos desarrollen el desfile. De todos modos se deja constancia que si el atraso de un conjunto perjudica a los que siguen, al tiempo de éstos se les descontará la demora de quienes los anteceden.

Articulo 6o - Las agrupaciones participantes deberán tener una permanente continuidad de marcha durante el desarrollo del desfile. El cumplimiento de esto será motivo determinante para el jurado en la adjudicación de los premios, en el entendido de que de ello depende la continuidad del desfile y la participación de las restantes agrupaciones. Será especialmente considerado para los rubros 2 y 5.

Artículo 7o - Al finalizar el recorrido del desfile se encontrará un escenario en el cual cada conjunto de las categorías MURGAS, HUMORISTAS, PARODISTAS Y REVISTAS deberá realizar un fragmento de actuación que estará incluido dentro del tiempo máximo total establecido para el desfile. La no participación en dicho escenario supondrá la descalificación del concurso del desfile y de todas las festividades del Carnaval, incluido el Concurso Oficial. En el caso de las categorías HUMORISTAS, PARODISTAS Y REVISTAS, los conjuntos podrán realizar la presentación en el escenario y/o en el espacio escénico delimitado en la calle por la Gerencia de Festejos y Espectáculos.

Artículo 8o - Los premios serán adjudicados por un jurado integrado por un/una presidente y 10 miembros, cinco (5) para la categoría de Murgas, y cinco (5) para la categoría de Parodistas, Humoristas, Revistas y Sociedad de Negros y Lubolos, designados/as a tales efectos por la Intendencia de Montevideo, siendo su fallo INAPELABLE.

El/la Presidente, previo al inicio del Desfile Inaugural, deberá ordenar y fiscalizar el trabajo del jurado en lo relacionado a la unificación de criterios y la votación de las menciones para cada categoría; no realizará votación ni calificación alguna; deberá hacer cumplir el reglamento del desfile en todos sus términos, valiéndose del apoyo de quienes estén cumpliendo diversos roles en la organización y desarrollo del mismo; será el/la responsable de la comunicación del Jurado con los diferentes conjuntos así como con la prensa. También dispondrá los procedimientos y coordinaciones que aseguren el correcto funcionamiento del sistema utilizado y la realización de los escrutinios correspondientes.

Artículo 9o - El jurado, que se distribuirá a lo largo de todo el recorrido del desfile, emitirá su fallo el que será resuelto al estilo olímpico, o sea por mayoría de votos una vez anulados los máximos y mínimos de cada conjunto. Cada Jurado puntuará en los rubros y escalas que se detallan a continuación:

1.- Vestuarios, accesorios y diseños.- 12 puntos.-

Califica el trabajo de diseño y realización de todos los ornamentos: vestimentas, sombreros, accesorios de vestuario, maquillajes, banderas, pasacalles, vehículos, etc. Incluye los soportes publicitarios desde el punto de vista del diseño y de la creatividad.

2.- Movimientos y desplazamiento del conjunto.- 12 puntos.-

Califica todo lo relativo al movimiento físico individual y colectivo. Incluye el desplazamiento general, los bailes, las figuras coreográficas, la utilización del espacio.

3.- Alegría y comunicación de los conjuntos.- 20 puntos.-

Califica la disposición con que se presenta la agrupación, tomando en cuenta que se trata de un desfile carnavalero en el cual la alegría, la comunicación con el público, y la búsqueda del disfrute y el entretenimiento son elementos fundamentales de este espectáculo. También considera la entrega e integración con el público en la celebración de la fiesta, así como la ambientación musical y otros aspectos que aporten al clima de fiesta propio del carnaval.

4.- Creatividad e ingenio al servicio del espectáculo.- 12 puntos.-

Califica el grado de ingenio y creatividad demostrado en todos los aspectos del espectáculo. Serán tomados como elementos positivos en este sentido, tanto la innovación en las propuestas, como la integración y coherencia de las mismas en torno a la propuesta global del espectáculo.

5.- Visión Global en el desfile.- 20 puntos.-

Califica el resultado final de la propuesta como producto integral. Para su calificación, tomará en cuenta el planteo del desfile, la coherencia de sus elementos, la organización lograda, la integración de diversos elementos en la propuesta, la realización final.

El jurado se ceñirá estrictamente en la adjudicación de los premios a la escala y montos establecidos en artículo 10o de este reglamento, no pudiendo modificar ni el orden ni el valor de los mismos.

En caso de empate en alguno de los premios en disputa, se sumarán el importe del premio empatado o empatados y el posterior o posteriores inmediatos, dividiéndose entre los conjuntos de igual puntaje. En tales circunstancias, al sumarse el premio empatado o empatados, con el posterior o posteriores inmediatos, éstos se tendrán como adjudicados. El jurado podrá declarar desierto cualquiera de los premios, lo que deberá justificar debidamente.

Artículo 10o - Se establecen para el certamen los siguientes premios:

Sociedad de Negros y Lubolos

1 Primer Premio $ 81.500,00

1 Segundo Premio $ 62.500,00

1 Tercer Premio $ 50.000,00

1 Cuarto Premio $ 38.000,00

1Mención de $ 9.500,00

SUB-TOTAL $ 241.500,00

 

Revistas

1 Primer Premio $ 92.500,00

1 Segundo Premio $ 65.000,00

1 Tercer Premio $ 50.000,00

1Mención de $ 9.500,00

SUB-TOTAL $ 217.000,00

 

Parodistas

1 Primer Premio $ 67.500,00

1 Segundo Premio $ 50.000,00

1 Tercer Premio $ 37.500,00

2 Menciones de $ 9.500,00 c/u $19.000,00

SUB-TOTAL $ 174.000,00

 

Humoristas

1 Primer Premio $67.500,00

1 Segundo Premio $50.000,00

1 Tercer Premio $37.500,00

1 Mención de $9.500,00

SUB-TOTAL $164.500,00

 

Murgas

1 Primer Premio. $67.500,00

1 Segundo Premio $50.000,00

1 Tercer Premio $37.500,00

1 Cuarto Premio $25.000,00

1 Quinto Premio $17.500,00

16 Menciones de $ 9.500,00 c/u $152.000

SUB-TOTAL $349.500,00

 

Menciones Individuales

Revistas: Mejor Cuerpo de Baile $25.000,00

Parodistas: Mejor Personaje $12.500,00

Humoristas: Mejor Personaje $12.500,00

Murgas: Mejor Batería $37.500,00

Mejor Director $12.500,00

SUB-TOTAL $100.000,00

 

TOTAL $1.246.500,00

A los efectos del cobro de los premios estipulados, los beneficiarios de los mismos en calidad de titulares de las agrupaciones, suscribirán la carta poder autorizando al cobro a uno solo de los beneficiarios, conforme al documento que luce como ANEXO 2. Asimismo, quien resulte autorizado deberá otorgar la declaración jurada en los términos que surgen del documento que luce como ANEXO 3.

Artículo 11o - Dado que los espectáculos programados se realizarán al aire libre, el/la Presidente del jurado se reserva el derecho de suspenderlos, total o parcialmente, por mal tiempo o razones de fuerza mayor, en consulta con el Gerente de Festejos y Espectáculos y los/las representantes asignados/as por DAECPU, así como modificar su recorrido, fecha y horario o dejarlos sin efecto, sin que, cualquiera de estas decisiones, genere derechos a presentación de reclamación de clase alguna por parte de los concursantes.

Artículo 12o - La violación de cualquiera de las disposiciones de este reglamento dará lugar a las siguientes sanciones, que serán resueltas con la aprobación del/la presidente del jurado:

a) Descuento de hasta el 50% del puntaje logrado, estableciéndose el porcentaje de la sanción en relación con la gravedad de la falta constatada.

b) Pérdida de entre el 25% y el 100% del premio monetario.

c) Descalificación, impidiendo el ingreso al desfile (para el caso de vehículos o similares).

Disposiciones Generales.

Artículo 13o - La interpretación sobre el alcance de los aspectos previstos en el presente reglamento así como la determinación de los no previstos serán resueltos por el Gerente de Festejos y Espectáculos en coordinación y acuerdo con el Presidente del Jurado.

Artículo 14o - La IdeM se reserva el derecho de realizar registros fotográficos, audiovisuales, etc. para fines de documentación, educación y publicidad sin que esto implique para la IdeM un pago o compensación adicional alguna.

Artículo 15o - La sola participación en el Desfile Inaugural del Carnaval implica la declaración jurada por parte de los concursantes de la aceptación del presente reglamento y demás normas aplicables (Anexo 1).

ANEXO 1.-

Montevideo............................-

Quien suscribe: ...................... titular de la cédula de identidad No...................., con domicilio en.........................., en calidad de Director/a Responsable del Conjunto ..............................., durante su presentación en el Desfile Inaugural del Carnaval 2023.

Declaro bajo juramento que cumplo con todos los requisitos necesarios para presentarme al concurso oficial del Desfile Inaugural del Carnaval 2023. Asimismo, declaro bajo juramento conocer y aceptar el Reglamento del Desfile Inaugural del Carnaval 2023.

Declaro que la totalidad de los datos aportados fueron fidedignos, que conozco el alcance de lo declarado y que en caso de constatarse falsedad en lo declarado, será pasible la responsabilidad penal pertinente, de acuerdo a lo establecido en el Art. 239 del Código Penal que expresa: "El que, con motivo del otorgamiento o formalización de documento público, ante funcionario público, prestare declaración falsa sobre identidad o estado, o cualquier otra circunstancia de hecho, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión."

FIRMA: ................................................

ACLARACIÓN: ..................................

ANEXO 2

CARTA PODER

En la ciudad de Montevideo, el....... de ....................... de ...…........

Quien/es suscribe/n: ......................................., orientales, mayores de edad, titular/es de la/s cédula/s de identidad Nº/s.................................., con domicilio/s en........................., en calidad de Director/es Responsable/s del Conjunto ....................., AUTORIZO/AMOS ampliamente a ....................................., C.I……... para que en mi/nuestro nombre y representación cobre/n las sumas de dinero que correspondan al premio o mención que obtenga la agrupación denominada ............................. por su participación en el Desfile Inaugural del Carnaval 2023, quedando facultado para otorgar carta de pago total.

Para el fiel cumplimiento de sus cometidos, ....................................... podrá otorgar todos los documentos que fueren de estilo.

La intervención personal del mandante no significa revocación del poder.

Esta carta poder se tendrá por vigente y válida hasta que se comunique por escrito su revocación o modificación ante la Gerencia de Festejos y Espectáculos de la IdeM.

FIRMA: ...................................................................

ACLARACIÓN……………...................................

ANEXO 3

DECLARACIÓN JURADA

En la ciudad de Montevideo, el.... de .... de ...… quien suscribe ............................, oriental, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº........................ con domicilio en la calle ............. de esta ciudad, en calidad de titular de la agrupación denominada…………….. participante del Desfile Inaugural del Carnaval 2023, DECLARO BAJO JURAMENTO:

1) Ser titular de la agrupación……………..conjuntamente a……………..…. debidamente registrado ante la Gerencia de Festejos y Espectáculos de la IdeM.

2) Poseer facultades suficientes, por si y en nombre y representación de ................................ para cobrar por cuenta y orden de la IdeM las sumas de dinero que en concepto de premio o mención perciba la agrupación………..…. por su actuación en el Desfile Inaugural del Carnaval 2023.

3) Conocer y aceptar que que en caso de FALSEDAD, OCULTAMIENTO O ADULTERACIÓN de la presente Declaración Jurada, se incurrirá en responsabilidad civil y penal (Arts. 237 y 239 del Código Penal).

FIRMA: ..................................................................

ACLARACIÓN…………………………………...

2.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General y Recursos Financieros; a la División Información y Comunicación; a las Unidades Festejos y Espectáculos y Gestión Presupuestal del Departamento de Cultura; a Contaduría General y pase a la Gerencia de Festejos y Espectáculos a sus efectos.-

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-