Resolución N° 4174/20
Nro de Expediente:
2020-6020-98-000012
 
PLANIFICACIÓN
Fecha de Aprobación:
18/11/2020


Tema:
VARIOS

Resumen:
PONER DE MANIFIESTO POR UN PERIODO DE 45 DÍAS, A EFECTO DE SU CONSULTA Y RECEPCIÓN DE LAS OBSERVACIONES, LOS DOCUMENTOS DE AVANCE DEL PLAN SECTORIAL DE ACCESO AL SUELO URBANO PARA VIVIENDA, Y SU CORRESPONDIENTE INFORME AMBIENTAL ESTRATÉGICO.-

Montevideo, 18 de Noviembre de 2020.-
 

VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la puesta de manifiesto del Plan Sectorial de Acceso al Suelo Urbano para Vivienda y del Informe Ambiental Estratégico correspondiente, de acuerdo a lo establecido en el Art. 24 de la Ley Nº 18.308 de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible;

RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 5044/19 de fecha 21 de octubre de 2019 se conformó el grupo de trabajo para la redacción del Plan Sectorial de Acceso al Suelo Urbano para Vivienda, y que por Resolución Nº 5385/19 de fecha 11 de noviembre de 2019, se le dio inicio;

2º) que los Departamentos Desarrollo Urbano y Planificación informan que, en virtud de los avances en la elaboración del referido Plan Sectorial, están dadas las condiciones para promover la Puesta de Manifiesto del Instrumento y su correspondiente Informe Ambiental Estratégico, por un plazo de 45 (cuarenta y cinco) días, de acuerdo a lo establecido en el Art. 24 de la Ley Nº 18.308 de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible a efectos de la consulta y recepción de observaciones;

3º) que el documento está integrado por un prólogo, un resumen ejecutivo, las memorias de información, actuaciones, gestión y seguimiento, su cartografía y el Informe Ambiental Estratégico, anexados a obrados;

CONSIDERANDO: 1º) que la propuesta se enmarca en las disposiciones de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible (Ley Nº 18.308);

2º) que los Departamentos de Planificación y Desarrollo Urbano estiman procedente el dictado de resolución en el sentido indicado;

EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º.- Poner de Manifiesto por un periodo de 45 (cuarenta y cinco) días, a efectos de su consulta y recepción de las observaciones, los documentos de avance del Plan Sectorial de Acceso al Suelo Urbano para Vivienda y su correspondiente Informe Ambiental Estratégico, según lo establecido por el Art. 24 de la Ley Nº 18.308, de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible.-

2º.- Establecer que el plazo referido en el numeral 1º comenzará a regir a partir de la fecha de aprobación de la presente resolución.-

3º.- Establecer que se deberá remitir copia del documento de avance del Plan conteniendo los principales estudios realizados, así como el Informe Ambiental Estratégico, a la Dirección Nacional de Ordenamiento Territorial - DINOT- del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial y a la Dirección Nacional de Medio Ambiente -DINAMA- del Ministerio de Ambiente.-

4º.- Disponer que la Puesta de Manifiesto se realizará a través del sitio web de esta Intendencia, que las consultas serán recibidas a través del correo electrónico institucional plan.suvi@imm.gub.uy, y que los documentos impresos estarán a disposición de los/as vecinos/as en las oficinas de los Departamentos de Planificación y Desarrollo Urbano (pisos 25 y 3 respectivamente del edificio sede).-

5º.- Comuníquese a los Departamentos Secretaría General, Desarrollo Urbano, Movilidad, Desarrollo Ambiental, Desarrollo Económico y Recursos Financieros; a todos los Municipios; a la Unidad Plan de Ordenamiento Territorial y pase a la División Planificación Estratégica a sus efectos.-

CHRISTIAN MARTÍN DI CANDIA CUÑA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO.-

FERNANDO DANIEL NOPITSCH D'ANDREA, SECRETARIO GENERAL.-