Resolución N° 3856/22
Nro de Expediente:
2022-1001-98-001514
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
23/09/2022


Tema:
VARIOS

Resumen:
VARIOS. SE AMPLÍA EL LITERAL G) DEL NUMERAL 2 DE LA RESOLUCIÓN NO. 4264/10, DE 15/9/10 Y SE CREA UNA GERENCIA DE PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN, SE CREA EL SERVICIO DE REGULACIÓN TERRITORIAL DE LAS IMPLANTACIONES, SE MODIFICAN LOS LITERALES G) Y L) DEL NUMERAL 2 DE LA CITADA RESOLUCIÓN, SE ESTABLECEN LOS COMETIDOS DE LA UNIDAD DE ESTUDIOS DE IMPACTO TERRITORIAL Y SE DELEGA EN LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANA Y RECURSOS MATERIALES LA FACULTAD DE DISPONER LOS TRASLADOS DEL FUNCIONARIADO NECESARIO, EN LA FORMA QUE SE ESTABLECE.-

Montevideo, 23 de Setiembre de 2022.-
 

                        

                        VISTO: las presentes actuaciones promovidas por el Departamento de Secretaría General, en virtud de la necesidad de llevar a cabo una estructura orgánica actual que dé soporte al proceso de permisos de construcción en procura de una mayor efectividad y eficiencia en el referido proceso considerado en todas sus etapas;

                          RESULTANDO: 1o.) que se ha dispuesto como proceso prioritario por la Administración la implantación de una reingeniería en los trámites asociados a permisos de construcción en todas sus fases y en ese marco se ha realizado un diagnóstico para determinar los factores que inciden negativamente en el proceso actual, complejizando las acciones e impidiendo una mayor eficiencia del mencionado proceso;

2o.) que por Resolución Nº 1459/22 de 5 de abril de 2022, se creó un grupo de trabajo en la órbita del citado Departamento con el cometido de analizar, sugerir modificaciones y actualizaciones al proceso y otros elementos vinculados a la tramitación de permisos de construcción;

3o.) que en tal marco se concluyó que la estructura actual no se adecúa a las necesidades reales de la gestión de permisos de construcción considerado en todas sus fases, impactando de forma negativa en los tiempos de la gestión y en su complejidad;

4o.) que en este sentido se entiende necesario impulsar una reestructura que brinde una lógica ordenada de etapas que racionalice aspectos del trámite general de dicho permiso haciéndolo más eficiente;

                              CONSIDERANDO: que se entiende oportuno dictar resolución al respecto;

LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1o.- Ampliar el literal G) del numeral 2°. de la Resolución Nro. 4264/10, de 15 de setiembre de 2010, en la redacción dada por sus distintas modificativas y crear una Gerencia de Permisos de Construcción que dependerá en línea directa del Departamento de Desarrollo Urbano.

2o.- Indicar que la competencia general de la Gerencia que se crea en el numeral que antecede, será la de atender la integralidad de la gestión de permisos de construcción para el Departamento de Montevideo, considerando entre otras, todas las gestiones asociadas a las autorizaciones de implantaciones urbano-territoriales y edilicias para la obtención del permiso de construcción comprendiendo también el contralor de la ejecución de la obra respecto a lo aprobado por la Intendencia de Montevideo.

3o.- Crear el Servicio de Regulación Territorial de las Implantaciones el que tendrá las siguientes competencias: a) Autorizar propuestas arquitectónicas que ameriten un análisis particularizado en cuanto a su inserción urbana-territorial, en todo el Departamento de Montevideo; b) Analizar y autorizar la viabilidad de implantación de usos y actividades no residenciales en todo el departamento de Montevideo, en aquellas propuestas que requieran dicho estudio previsto en la normativa vigente; c) Informar acerca de los aspectos patrimoniales a preservar o considerar, relativos a propuestas arquitectónicas en régimen patrimonial de gestión y d) Informar al respecto de la normativa urbana-territorial, en aquellas situaciones particulares previstas en la normativa vigente o cuando así se requiera, determinando su aplicación concreta.

4o.- Disponer que la Gerencia de Permisos de Construcción que se crea tendrá la siguiente estructura: a) el Servicio de Regulación Territorial de las Implantaciones; b) el Servicio de Contralor de la Edificación en su actual conformación y competencias y c) la Unidad de Estudios de Impacto Territorial en su actual conformación.

5o.- Modificar los literales G) y L) del numeral 2°. de la Resolución Nro. 4264/10, de 15 de setiembre de 2010, en la redacción dada por sus distintas modificativas y establecer que la actual Unidad Viabilidad de Usos del Departamento de Planificación pasará a formar parte del Departamento de Desarrollo Urbano, bajo la órbita del Servicio de Regulación Territorial de las Implantaciones de la Gerencia de Permisos de Construcción.

6o.- Modificar los literales G) y L) del numeral 2°. de la Resolución Nro. 4264/10, de 15 de setiembre de 2010, en la redacción dada por sus distintas modificativas y establecer que la actual Unidad de Estudios de Impacto Territorial del Departamento de Planificación pasará a formar parte del Departamento de Desarrollo Urbano, con destino a integrar la Gerencia de Permisos de Construcción.

7o.- Establecer que los cometidos de la Unidad de Estudios de Impacto Territorial serán: a) Analizar y evaluar los Estudios de Impacto Territorial en las gestiones de propuestas o proyectos de obras o actividades que requieran la autorización de dicha clase de estudio de acuerdo a lo dispuesto por la normativa correspondiente, verificando los usos, escalas y demás parámetros urbanos y ambientales establecidos en la normativa vigente; b) Dictaminar sobre la pertinencia de las medidas de mitigación propuestas para evitar o reducir a niveles compatibles los impactos negativos identificados en el estudio y proponer medidas de mitigación sustitutivas o complementarias en los casos que lo considere necesario.-

8o.- Aprobar el siguiente protocolo de organización y funcionamiento de la Gerencia de Permisos de Construcción:

A.- La Gerencia de Permisos de Construcción se organizará en torno a cuatro ejes constituidos por los siguientes sectores: a) Servicio de Regulación Territorial de las Implantaciones; b) el Servicio de Contralor de la Edificación en su actual conformación y competencias; c) la Unidad de Estudios de Impacto Territorial en su actual conformación y d) la Comisión Especial de Coordinación de Gestiones y Articulación Normativa.

B.- El Servicio de Regulación Territorial de las Implantaciones estará conformado por los siguientes sectores asociados directamente a las autorizaciones de implantaciones urbano-territoriales del permiso de construcción: Implantaciones urbano-territoriales, Unidad Viabilidad de Usos y Equipo de Gestión Patrimonial.

C.- Establecer que la Comisión Especial de Coordinación de Gestiones y Articulación Normativa será el ámbito donde se intercambien necesidades y avances entre la Gerencia de Permisos de Construcción y las distintas oficinas que tienen como cometido diseñar o redactar normas, diseñar instrumentos de ordenamiento territorial o planes rectores.-

D.- Disponer que el Equipo de Gestión Patrimonial tendrá entre sus funciones el realizar tareas de revisión vinculadas a permisos de construcción en cuanto a aspectos patrimoniales.

9o.- Establecer que los sectores indicados en los literales del numeral precedente, con excepción del Servicio de Contralor de la Edificación, la Unidad de Estudios de Impacto Territorial y la Unidad Viabilidad de Usos, se constituirán formalmente como grupos de trabajo y se integrarán con los funcionarios y las funcionarias que oportunamente se determinen a tales efectos.

10o.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales la facultad de disponer los traslados del funcionariado necesario a los efectos indicados en el numeral precedente, los cuales deberán contar con la anuencia del Departamento en el que revistan y de la Gerencia de Permisos de Construcción, a través del Departamento de Desarrollo Urbano.

11o.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales la facultad de disponer los traslados del funcionariado necesario a los efectos indicados en los numerales 5o. y 6o. de la presente resolución, de acuerdo a la nómina que a tales efectos realizarán en conjunto los Departamentos de Planificación y Desarrollo Urbano, la cual tendrá por principio rector la capacitación y experiencia en permisos de construcción, entre otros aspectos de buena administración.

12o.- Comuníquese a todos los Municipios, a todos los Departamentos, a las Divisiones Asesoría Jurídica, Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, Información y Comunicación, a Contaduría General y pase al Departamento de Desarrollo Urbano a sus efectos.

 

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-