VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio de Regulación Alimentaria dependiente de la División Salud, por las que se solicita prorrogar la vigencia de la habilitación y registro de productos otorgados por dicho Servicio por el término de 18 (dieciocho) meses a partir del vencimiento del registro concedido;
RESULTANDO: 1o.) que por Resolución Nº 4247/21 de fecha 15 de noviembre de 2021 y su modificativa Nº 4799/21 de fecha 13 de diciembre de 2021, se aprobó la prórroga de la vigencia de la habilitación y registro de productos por el término de 1 (un) año a partir del vencimiento del registro concedido;
2o.) que con el aumento de las actividades comerciales, sumado a las que se tramitan con motivo de zafra y a las renovaciones correspondientes, se generó un incremento elevado de solicitudes de registro de productos no pudiéndose dar cumplimiento con la debida diligencia;
3o.) que además se están efectuando modificaciones y actualizaciones al sistema por parte de Tecnología de la Información para que el procedimiento sea acorde a lo exigido por la normativa vigente, así como más ágil tanto para quienes realizan la solicitud como para quienes deben evaluarlo para su posterior aprobación;
4o.) que el Servicio de Regulación Alimentaria solicita prorrogar la vigencia de la habilitación y registro de productos por el plazo de 18 (dieciocho) meses a partir del vencimiento del registro concedido, de modo de priorizar el estudio de los nuevos registros, con la finalidad de no interferir en la actividad comercial y de garantizar la seguridad de los nuevos productos;
5o.) que la División Salud se manifiesta de conformidad con la medida solicitada;
CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social entiende pertinente su extensión en el sentido indicado;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Prorrogar la vigencia de la habilitación y registro de productos otorgados por el Servicio de Regulación Alimentaria por el término de 18 (dieciocho) meses, a partir del vencimiento del registro concedido.-
2.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General, de Recursos Financieros y de Desarrollo Social, a todos lo Municipios, a las Divisiones de Información y Comunicación, de Salud y de Asesoría Jurídica, a los Servicios de Convivencia Departamental y de Salubridad Pública, a la Unidad Central de Auditoría Interna y pase al Servicio de Regulación Alimentaria a sus efectos.-
2.11.0.0
2.11.0.0
2.11.0.0 |