Resolución N° 44/22/8000
Nro de Expediente:
2021-8014-98-000117.-
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
21/1/2022


Tema:
APROBAR

Resumen:
Aprobar el documento adjunto como Anexo al Reglamento del Concurso Oficial de Carnaval 2022 aprobado por Resolución Nº 501/21/8000 de 9 de diciembre de 2022.-

Montevideo, 21 de Enero de 2022.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la aprobación del documento adjunto como Anexo al Reglamento del Concurso Oficial de Carnaval 2022 aprobado por Resolución Nº 501/21/8000 de 9 de diciembre de 2021;
        RESULTANDO: que la Gerencia de Festejos y Espectáculos con fecha 20/01/2022 informa que dicho documento fue elaborado en com´´un acuerdo entre la Gerencia y DAECPU, con el asesoramiento del Sr. Jorge Lombardo especializado en prevención de COVID en grandes eventos;
        CONSIDERANDO: que se entiende pertinente la aprobación del mencionado documento;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE CULTURA
        RESUELVE:
        1.- Aprobar el documento adjunto como Anexo al Reglamento del Concurso Oficial de Carnaval 2022 aprobado por Resolución Nº 501/21/8000 de 9 de diciembre de 2022:
        ANEXO
        Protocolo de actuación ante casos de COVID positivo en las agrupaciones de carnaval, durante el transcurso del Concurso Oficial de Carnaval 2022.
        La Gerencia de Festejos y Espectáculos de la IdeM acuerda con DAECPU los siguientes puntos para proceder ante casos positivos de COVID-19 que puedan afectar la participación de las agrupaciones en el Concurso Oficial:
        DAECPU establecerá los procedimientos adecuados para la rápida atención e hisopado de componentes que presenten síntomas, a través del equipo liderado por Jorge Lombardo. DAECPU se hará cargo de poner los recursos humanos y materiales para la realización de hisopados (test de antígenos) y para la supervisión médica de los y las componentes sintomáticos. Este trabajo se realizará con la celeridad acorde a los tiempos del concurso, poniendo a disposición de la institución y del conjunto tanto los resultados de los testeos como de las indicaciones médicas a seguir en cada caso, apuntando siempre a tener los resultados con la mayor celeridad posible en beneficio de los conjuntos. Los casos sintomáticos serán evaluados hasta el mismo día de la actuación del conjunto en el horario del mediodía.
        En los casos confirmados por el equipo médico establecido, se dará conocimiento a DAECPU y al Presidente del Jurado.
        Aquellos conjuntos que se vean afectados en hasta el 25% de sus integrantes, deberán actuar en la fecha prevista para su participación en el Concurso Oficial.
        A los efectos de posibilitar la cobertura de las bajas de componentes, se establece la posibilidad de inscribir (previo a la actuación) a componentes suplentes que puedan cubrir los lugares vacantes. El procedimiento de inscripción por excepción será establecido por la Gerencia de Festejos y Espectáculos y podrá realizarse hasta las 17 horas del día en que actuará el conjunto.
        Así mismo, no se penalizará a las agrupaciones que -debido a bajas por COVID-, no alcancen el mínimo de componentes que establece el Reglamento del Concurso.
        En los casos que una agrupación posea más del 25% de su plantel certificado con COVID-19 por el equipo dispuesto por DAECPU a tales efectos, en la primera o segunda rueda, la Dirección del conjunto podrá:
        a. Decidir actuar en las mismas condiciones y con las mismas flexibilidades mencionadas en los puntos 4 y 5;
        b. Reprogramar su actuación en la rueda en la que se constata la imposibilidad de subir, siempre y cuando sea un conjunto programado entre las etapas 1 y 5 de la rueda en cuestión.
        c. Decidir no actuar en dicha rueda si el conjunto se encuentra programado entre las etapas 6 y 11. En este caso, si el conjunto no sube en la primera rueda, el puntaje logrado en la segunda rueda será duplicado. Si el conjunto sube en la primera rueda y no en la segunda, el puntaje de la primera rueda será duplicado. Esta disposición se aplica solamente a los conjuntos que estén programados en las últimas seis etapas de la primera y de la segunda rueda, por el hecho de no disponer de días suficientes dentro de la misma rueda para su reprogramación.
        Los conjuntos que en la Liguilla se encuentren en situación de tener más del 25% de los componentes afectados por COVID-19, deberán actuar con las flexibilidades establecidas en los puntos 4 y 5. Por la extensión reducida de esta ronda, la reprogramación no será posible. Por poseer una escala diferente de puntaje, tampoco se podrá aplicar el puntaje de ruedas anteriores. Si el conjunto define no actuar, no tendrá posibilidad de reagendar esta tercera rueda ni de acumular puntaje.
        En todos los casos, los conjuntos que por las razones antedichas se vean imposibilitados de participar en alguna instancia del Concurso Oficial, no perderán su derecho a trabajar en la totalidad de los tablados que los contraten, y en las condiciones que sean posibles de acuerdo a las flexibilidades indicadas.
        2.- Comuníquese al Departamento de Secretaría General; a la División Información y Comunicación; a la Unidad Festejos y Espectáculos y pase a la Gerencia de Festejos y Espectáculos

PROFA. MARÍA INÉS OBALDÍA, Directora General del Departamento de Cultura.-