Resolución N° 923/22/1500
Nro de Expediente:
2021-9832-98-000007
 
MOVILIDAD
Fecha de Aprobación:
5/10/2022


Tema:
MODIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN

Resumen:
Actualización del tipo de vehículos habilitados a estacionar y la extensión de las zonas de carga y descarga.

Montevideo, 5 de Octubre de 2022.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones referidas al funcionamiento de las zonas de carga y descarga de mercaderías de carácter genérico y sin beneficiario específico;
        RESULTANDO: 1º) que la Unidad Gestión de Estacionamiento informa que: a) por Resoluciones Nros. 559/08/4000 del 16 de setiembre de 2008 y sus ampliaciones 20/09/4000 del 19 de enero de 2009, 521/09/4000 del 4 de setiembre de 2009, 05/10/4000 del 4 de enero de 2010, 472/10/4000 del 6 de julio de 2010 y 623/14/1500 del 17 de noviembre de 2014 se establecieron las mencionadas zonas de carga y descarga; y b) se hace necesario una actualización en lo referente al tipo de vehículos habilitados a estacionar y la extensión de las citadas zonas;
        2º) que el Departamento de Movilidad entiende oportuno dictar resolución modificativa;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 4247/20 del 1º de diciembre de 2020, la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Movilidad la facultad, entre otras, de conceder reservas de espacio en la vía pública para estacionamiento de vehículos o carga y descarga de mercaderías;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE MOVILIDAD
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Dejar sin efecto el numeral 3 de la Resolución Nº 559/08/4000 del 16 de setiembre de 2008 y la Resolución Nº 623/14/1500 del 17 de noviembre de 2014.
        2.- Disponer que la señalización de las zonas genéricas de carga y descarga de mercaderías será de la siguiente manera:
        a) horizontal - el cordón de la acera será delimitado con pintura amarilla con remates rojos;
        b) vertical - cartelería colocada sobre columnas indicando la misma y el horario y tiempo establecido para su uso. La extensión de las zonas de carga y descarga será consecuencia de un ánalisis de la demanda y de las condiciones física disponibles en cada situación.
        3.- Establecer el tipo de vehículos que podrán hacer uso de las zonas genéricas de carga y descarga de mercaderías y el horario permitido para ello:
        Solo podrán usar estas reservas, los vehículos de transporte de cargas (camiones, camionetas pick-up, furgones y triciclos utilitarios) los que en la señalización vertical se identificarán como "UTILITARIOS" estableciéndose un máximo de uso de 15 (quince) minutos y deban estar realizando la operación de carga y/o descarga efectiva. No se permite el estacionamiento de camionetas rurales, SUV y Crossover, ni el estacionamiento de vehículos utilitarios si no van a realizar la operativa de carga/descarga.
        Horarios de uso:
        a) Lunes a Viernes en el horario de 07:00 a 19:00 horas.
        b) Sábados de 07:00 a 13:00 horas.
        Fuera de ese horario, el estacionamiento será libre para cualquier tipo de vehículo que esté autorizado a circular.
        4.- Comuníquese a los Municipios A, B, C, CH, D, E, F, G, al Servicio de Vigilancia, a la División Tránsito y Transporte y pase al Servicio de Ingeniería de Tránsito.

PABLO INTHAMOUSSU, Director General del Departamento de Movilidad.-