Resolución N° 73/18/6300
Nro de Expediente:
2018-9433-98-000009
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
8/6/2018


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se encomienda a los Directores de División del Departamento, para que dentro del plazo de 20 días corridos, comuniquen a todas las Empresas, Organizaciones No Gubernamentales, o cualquier otra Institución que preste Servicios Ambientales con vehículos, a efectos de que informen a sus respectivos proveedores de Sistema de Monitoreo Satelital (GPS) que deberán adecuar sus sistemas informáticos para dar cumplimiento a lo dispuesto.

Montevideo, 8 de Junio de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el Sistema de Monitoreo Satelital (GPS) establecido obligatoriamente para vehículos que cumplen Servicios Ambientales para la Intendencia de Montevideo;
        RESULTANDO: 1o.) que dicha obligatoriedad fue dispuesta por Resolución No. 5842/14 de fecha 30 de diciembre de 2014, para todos los vehículos registrados por empresas habilitadas para la prestación de dichos Servicios: Barométricas, Transporte por medio de Volquetas, Servicios Especiales de Recolección de Residuos, los generadores de Residuos No Domiciliarios que efectúen la recolección y transporte por sí, etc. (Numerales 2o. 3o. y 4o. de la parte resolutiva);
        2o.) que además se previó que los sistemas de GPS fueran accesibles por parte de los servicios de la IdeM y compatible con sus sistemas informáticos;
        3o.) que en atención a las condiciones técnicas particulares de los diversos Servicios de Rastreo Satelital con que cuentan las empresas proveedoras de GPS, dicho extremo se cumple parcialmente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que en dicho contexto el Departamento de Desarrollo Sostenible e Inteligente ha realizado las actualizaciones tecnológicas necesarias para recepcionar toda la información de los Sistemas de Monitoreo Satelital de las mencionadas empresas, contando ya con las

        especificaciones correspondientes;

        2o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental estima pertinente tomar las
        medidas necesarias a efectos de la adecuación de dichos sistemas;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO AMBIENTAL
        RESUELVE:
        1o.-Encomendar a los Directores de División del Departamento, para que dentro del plazo de 20 días corridos, comuniquen a todas las Empresas, Organizaciones No Gubernamentales, o cualquier otra Institución que preste Servicios Ambientales con vehículos, a efectos de que informen a sus respectivos proveedores de Sistema de Monitoreo Satelital (GPS) que deberán adecuar sus sistemas informáticos para dar cumplimiento a lo dispuesto.
        2o.-Establecer que dichos proveedores deberán coordinar las reuniones técnicas correspondientes (con el fin de fijar un cronograma de adecuación), comunicándose a través del correo electrónico equipo.tecnico.gtci@imm.gub.uy, indicando sus datos de contacto. Éste será el único medio de comunicación oficial a tal fin.
        3o.-Fijar el día 15 de julio del corriente como fecha límite para cumplir con lo dispuesto en la presente Resolución. Su incumplimiento por parte de las empresas transportistas, así como la no comunicación de los proveedores del Sistema de Monitoreo Satelital, podrá dar lugar a la suspensión de las habilitaciones vigentes otorgadas oportunamente.
        4o.-Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General y Desarrollo Sostenible e Inteligente, a los Servicios Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, de Evaluación de la Calidad y Control Ambiental, a la Comisión Administradora de los Humedales del Santa Lucía y al Equipo Técnico de Educación Ambiental; cumplido pase por su orden para cumplir con lo dispuesto en el Numeral "1o.-" de la presente, a la División Limpieza y a la División Saneamiento.

José M. Prato, Director General (I) del Departamento de Desarrollo Ambiental.-